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15/May/13 17:40
Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Buen día:

Me surgieron algunas dudas, ojala me puedan dar sus opiniones al respecto:

1.-Cuando no hay reparto de utilidades, en la empresa, se les tiene que comunicar, a los empleados ?.

2. Cuando quiero traspasar un bien de la empresa a una persona física, como lo doy de baja en el inventario?, o solo lo puedo hacer así, sin darlo de baja?



De antemano les agradezco sus comentarios al respecto.

¡Saludos!
 
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GrupoAguila
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15/May/13 17:48
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

1.-Cuando no hay reparto de utilidades, en la empresa, se les tiene que comunicar, a los empleados ?.

Tienes la obligacion de entregarles la declaracion anual, ahi se daran cuenta la utilidad o perdida


2. Cuando quiero traspasar un bien de la empresa a una persona física, como lo doy de baja en el inventario?, o solo lo puedo hacer así, sin darlo de baja?

Depende si es venta, intercambio, donacion, etc.


Saludos
 
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juancarm
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15/May/13 17:58
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Muchas gracia Juan Carm por tu respuesta

1.-Tienes la obligacion de entregarles la declaracion anual, ahi se daran cuenta la utilidad o perdida[/b] (Técnicamente nadie lo hace, y menos con la inseguridad actual)
Por eso pregunto si les tengo que avisar, pero creo ya me conteste la pregunte :)

2.-Es un traspaso solamente como regalo o donación.

¡Saludos!
 
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GrupoAguila
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15/May/13 18:05
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Que nadie lo haga no quiere decir que no este obligado, la obligación existe. No entiendo porque la inseguridad??? apoco no se nota la realidad???


Saludos
 
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juancarm
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15/May/13 18:34
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Buena tarde:

Los artículos 2332 y 2334 del Código Civil Federal, disponen lo siguiente:

Artículo 2332. Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente una parte o la totalidad de sus bienes presentes.

Artículo 2344.- Si el valor de los muebles excede de doscientos pesos, pero no de cinco mil, la donación debe hacerse por escrito.

Si excede de cinco mil pesos, la donación se reducirá a escritura pública.

Por otra el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación, Se entiende por enajenación de bienes:

I. Toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado.

Ahora bien, para IETU, es un acto gravado de conformidad con el artículo 1o, y 2o. penúltimo párrafo de la LIETU,

Además, no es deducible para efectos del ISR.

A su vez, el segundo párrafo del artículo 8 de la LIVA, señala que no se considerará enajenación la transmisión de propiedad que se realice por causa de muerte, así como la donación, salvo que ésta la realicen empresas para las cuales el donativo no sea deducible para los fines del impuesto sobre la renta. Por lo tanto, se considera como enajenación para efectos del IVA.

Espero haberme explicado.

Editado: Mayo 15, 2013 18:36:26
 

 
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a_cano
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15/May/13 19:03
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Muchas gracias contador A_ Cano por su respuesta.

¡Saludos!
 
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GrupoAguila
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15/May/13 19:05
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Contador A Cano:


Si lo que se quiere es cambiar todos los bienes de una empresa a una persona física ¿Si se se puede por donación?

¡Saludos!
 
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GrupoAguila
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16/May/13 09:31
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

Buen día:

Le sugiero tener en cuenta lo que disponde el artículo 2347 del Código Civil Federal y Correlativo:

Artículo 2347.- Es nula la donación que comprenda la totalidad de los bienes del donante, si éste no se reserva en propiedad o en usufructo lo necesario para vivir según sus circunstancias.

Además, consultar los siguientes preceptos:

Artículo 106, segundo párrafo y 107 último párrafo, 109, fracción XIX, de la LISR.

Saludos
 

 
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a_cano
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16/May/13 11:07
Re: Dudas sobre reparto de utilidades y venta de inventarios

¡Muchas gracias contador A_cano.


¡Saludos!
 
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GrupoAguila
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