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25/Abr/13 21:01
ISR A CARGO PERSONA MORAL

Buenas Noches.

Persona Moral 2do año de operaciones (Debe presenta su Declaración anual de ISR, a más tardar el 31 de Marzo de 2013) No se presentó. Ya se elaboró y se quiere presentar pero sale ISR A CARGO Anual, con importe elevado.

Puede presentar la declaración anual (para manifestarle a la Autoridad el C.E. en base al primer año) y pagar en unos 2 meses con sus respectivos accesorios, donde ya tendrá liquidez, con la finalidad de presentar el pago provisional de ISR del mes de Enero-Febrero-Marzo, con importe menor (Donde se ocupa el C.E.), que es lo que se le sugiere, pero el auditor externo le comenta que puede no presentar los meses de E-F-M sin ISR a pagar y en el momento que presente y pague ejemplo. Mayo a partir de ese mes pagar el ISR con su respectivo C.F.

(Como bien es sabido en el primer año no hubo existe la obligación de pagos provisionales)

De antemano agradezco su tiempo, atención y sobretodo sus comentarios.

GABY.
 
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GABY08
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26/Abr/13 09:26
Re: ISR A CARGO PERSONA MORAL

Buen día Gaby,

Para entender bien tu duda te pregunto unas cosas:

1. Al decir que es el segundo año de operaciones, te refieres a que 2013 es el 2do año o que 2012 fue el 2do año?
2. Por C.E. te refieres a coeficiente de utilidad?
3. Que significa C.F.?

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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26/Abr/13 09:43
Re: ISR A CARGO PERSONA MORAL

Gaby: Tendrías problemas con respecto al Art. 14 LISR Pagos provisionales que en su Fracc. I dice 'Se calculará el CU correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o o debió haberse presentado declaración...'

'Tratándose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio y se considerará el Coeficiente de Utilidad del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido de doce meses.'

Con base en lo anterior, no puedes presentar los PP de Enero, Febrero y Marzo en ceros y esperar en tu ejemplo a Mayo para ponerte al corriente, ya que no estarías reflejando los ingresos percibidos en cada periodo correspondiente ni el entero del ISR aplicable.
 
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CP_PACO
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26/Abr/13 09:49
Re: ISR A CARGO PERSONA MORAL

- Sugiero des seguimiento a lo que acertadamente comenta santoyo para no especular.


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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