18/Abr/13 19:19
EL día de hoy fue turnada a comisión en la Cámara de Diputados el Proyecto de decreto que DEROGA LA LEY DEL IETU.
Esperemos que sea aprobado y se abrogada la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.
Aquí les dejo el proyecto de Decrero
Que abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a cargo de Ricardo Monreal Ávila y suscrita por Ricardo Mejía Berdeja, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La configuración de un sistema tributario resulta un tema que involucra diversos factores, ya que éste debe funcionar como un nexo entre la legitimidad gubernamental y la participación activa de los ciudadanos en los asuntos públicos, con el afán de contribuir de manera conjunta en el desarrollo del país.
En el caso mexicano, los impuestos posteriores a la Revolución surgieron por la necesidad de poner orden y modernizar las finanzas públicas, por lo que se creo el “Impuesto del Centenario”, en 1921.
Tras una serie de modificaciones, en 1924 se da paso a la expedición de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a la cual se sumó el gravamen sobre los dividendos, en 1924; el de las utilidades excedentes, en 1948 y el Impuesto sobre ingresos mercantiles, en el mismo año. En la década de los setenta se creó el Impuesto al Valor Agregado y se establece un régimen tributario único.
A pesar de los esfuerzos realizados, nuestro país dista aún de tener un régimen fiscal a la altura de las necesidades sociales. Es así que México requiere de un esfuerzo tributario múltiple, no porque contemos con un Estado de bienestar consolidado, sino por la necesidad urgente de crearlo, con el afán de impulsar la formación de capital, cerrar la brecha del atraso social y crear condiciones equitativas para la sociedad.
Actualmente vivimos en un constante estrangulamiento financiero, el cual inhibe a México de políticas públicas que permitan alentar el desarrollo, instrumentar mecanismos anticíclicos y terminar con el ahondamiento del déficit social.
La realidad financiera que el gobierno enfrenta se caracteriza por una base de contribuyentes reducida, por costos de cobranza altos y por la evasión fiscal como una práctica cotidiana.
Esto no puede sorprender a nadie, cuando el 40 por ciento de los causantes en nuestro país es pobre, los trabajadores informales representan la mitad de la fuerza de trabajo, y el 85 por ciento de los establecimientos productivos pertenecen a negocios muy pequeños.
Como respuesta a esto, encontramos que mientras países como Argentina, Perú, Ecuador y Paraguay han duplicado su recaudación en los últimos años, México permanece estancado. Así, en Latinoamérica se presentan casos como Brasil, donde la carga tributaria total asciende a 34 por ciento y como el nuestro, ubicándonos en 12.9 por ciento.
Desde 1982 a la fecha, las distintas administraciones no han acertado en lograr instrumentar una reforma impositiva congruente que satisfaga los enormes cambios originados por la globalización y las demandas socio-económicas nacionales.
Debido a la carencia de una política integral que contemple los diversos sectores del país, la apertura al extranjero eliminó de manera abrupta los tributos al comercio exterior y las regalías e intereses de remesas.
La respuesta para compensar de manera cortoplacista la reducción de ingresos derivada de lo anterior, se encuentra, para perjuicio de la sociedad, en el aumento sistemático de las tasas de gravamen de impuestos indirectos, como el IVA, en la obtención de recursos por medio de privatizaciones y en la creación de nuevos impuestos, como el IETU y el IDE.
En el 2008, con el objetivo de eliminar distorsiones derivadas de regímenes especiales y de tratos particulares que inciden de manera decisiva en los ingresos tributarios, se creó el Impuesto Empresarial a Tasa Única.
De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), “este gravamen sustituye al impuesto al activo que se abrogó a partir de 2008 y es considerado un impuesto complementario del impuesto sobre la renta (ISR), toda vez que para calcularlo se le resta el ISR pagado efectivamente, ya sea en pagos provisionales o en el impuesto anual, según se trate”.
El procedimiento para calcularlo consiste en 1) calcular la base del impuesto, restando a los ingresos efectivamente percibidos en el periodo, las deducciones autorizadas efectivamente pagadas en el mismo periodo; 2) multiplicar la base por 17.5 por ciento (tasa del IETU); 3) restar los créditos fiscales y los pagos provisionales del ISR propio pagado en el mismo periodo; 4) a la diferencia resultante restar los pagos provisionales del ISR y, en su caso, el ISR retenido en el mismo periodo por el que se efectúa el pago provisional, así como los pagos provisionales del IETU realizados en el mismo año.
Asimismo, se puede optar por una “deducción ciega”, en la cual, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, el sistema calcula el IETU con un 54 por ciento de deducciones sobre el ingreso mensual declarado.
El tributo en comento tiene el propósito de gravar a los contribuyentes que perciban ingresos por: actividad empresarial, prestación de servicios, arrendamiento de bienes y otorgamiento del uso o goce temporal de los mismos; sin embargo, esto no contempla la situación particular de cada participante.
Debido a esta falla, desde su entrada en vigor, dicho impuesto ha causado mermas significativas en las micro, pequeñas y medianas empresas del país (Mipyme), principalmente en su capacidad de flujo.
Las Mipyme representan el 99.8 por ciento de compañías del país y otorgan empleo a más del 70 por ciento de la población económicamente activa, generando con esto el 52 por ciento de la producción nacional; por lo que resulta menester adoptar medidas que mejoren su desempeño.
Este impuesto, que debe ser declarado de manera mensual y anual en las mismas fechas que las establecidas para el ISR, permite a las empresas aplicar deducciones improcedentes, lo cual genera una menor recaudación.
Entre las prácticas detectadas para realizar esto se encuentran: la deducción de intereses y regalías de intangibles y de partidas devengadas, la aplicación del crédito por exceso de deducciones en pagos provisionales y la omisión de registros de ingresos.
Debido a lo anteriormente expuesto, el fracaso del IETU es evidente. De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la recaudación estimada en el sexenio para este impuesto era de 289,632 millones de pesos; sin embargo, sólo se logró la obtención de 225,733 millones de pesos, es decir el 77 por ciento.
Desde su creación en el año 2008, la obligación fiscal se posicionó por debajo de las estimaciones planteadas, teniendo incluso períodos con varianza negativa. En dicho año se obtuvo tan sólo 66 por ciento de lo esperado; en el 2009, 80 por ciento; en el 2010, 84 por ciento; en el 2011, 77 por ciento y en el 2012, 83 por ciento. En pocas palabras, nunca se ha alcanzado la meta anual programada.
¿Cómo se puede mantener esta carga tributaria cuando de 2011 a 2012 disminuyó su poder recaudatorio de 47 millones 164 mil pesos, a 42 millones 197 mil pesos, es decir se presentó una caída de 11 por ciento?
La permanencia de este tipo de contribuciones no obedece a una escasez de recursos en el país que nos obligue a seguir como único camino un impuesto que afecta principalmente a los pequeños empresarios.
La insuficiencia de ingresos en México se debe a que el gobierno de Enrique Peña Nieto ha considerado que es una salida más fácil continuar con políticas inerciales que reduzcan el poder adquisitivo de los más desfavorecidos, en lugar de desmantelar los grandes privilegios y exenciones que tienen los grandes empresarios.
Como prueba de esto tenemos el régimen de consolidación fiscal, el cual funciona como un sistema opcional que permite a las empresas, a través de requisitos impuestos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la aplicación de manera inmediata de las pérdidas fiscales que se generen en un ejercicio y el diferimiento del pago de ISR sobre dividendos pagados.
Por medio de reformas a la ley en comento, desde el 2005 se permitió de nuevo la consolidación de pérdidas y utilidades al 100 por ciento de la participación accionaria de las empresas controladoras de otras sociedades.
A través de este tipo de “maniobras”, las empresas han podido obtener ganancias millonarias; se estima que este tipo de elusión fiscal cuesta entre 12 mil y 16 mil millones de pesos al año al país, pagando cantidades ridículas de impuestos. Así el régimen de consolidación fiscal es sinónimo de privilegios a multimillonarios, perpetuando la desigualdad en la que vive la sociedad.
Si queda alguna duda de los enormes instrumentos que la clase privilegiada utiliza para evadir la carga fiscal, basta ver el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2011, que exhibe la escandalosa cantidad de 63 mil millones de pesos, de 284,854.2 mil millones de pesos registrados, devueltos a 20 grandes consorcios por los conceptos de IVA, ISR, IETU, IDE y derecho de trámite aduanero (DTA).
Entre los rubros beneficiados con el retorno de contribuciones se encuentran: las actividades de fabricación de camiones, el comercio en supermercados, los alimentos, la telefonía y la electrónica.
En contraste, la eficiencia de recuperación de cartera obtuvo un porcentaje de tan sólo 16.4 por ciento, con lo que queda claro que los esfuerzos por presentar un desempeño eficaz en este país se concentran únicamente en los grandes contribuyentes.
Aún cuando la decisión de quien debe ser favorecido implique, por un lado de la balanza a 52 millones de pobres y por el otro a 20 grandes empresas, queda claro que el gobierno de Peña Nieto se inclina por la cúpula de poder que durante años ha perpetuado la desigualdad en México.
Por ningún motivo podemos estar de acuerdo con estas prácticas. Por el contrario, consideramos que resulta menester aplicar medidas que favorezcan a quien más lo necesita.
Por lo anterior, someto a la consideración del pleno el siguiente proyecto
Decreto por el que se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única
Único. Se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.
Transitorios
Primero. Se derogan todas las disposiciones que tienen relación con la ley que se abroga.
Segundo . Los derechos procesales o sustantivos a favor de los contribuyentes derivados de procedimientos de impugnación administrativa o judicial, cursados con motivo de la ley que se abroga, o los derechos derivados de la misma a favor de los contribuyentes continuarán siendo exigibles hasta su agotamiento, contra cualquier contribución federal por vía de compensación contra pagos mensuales o provisionales, sin dar derecho a devolución en efectivo.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2013.
(Rúbrica)
Saludos-1