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17/Abr/13 08:44
APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

Buen dia,

La compra de un aparato auditivo la puedo considerar como una deducción personal.

En la ayuda del declarasat menciona lo siguiente:
Dentro de los honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios se consideran incluidos los gastos estrictamente indispensables efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios cínicos o prótesis

Yo interpreto que caerían dentro de: aparatos para el restablecimiento del paciente.

Gracias por su opinión.
 
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VICTORG
Sargento Primero

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17/Abr/13 09:29
Re: APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

Víctor: Desde mi punto de vista y con fundamento en los Artículos 176 Fracc. I de la LISR y 240 del RLISR puedes considerarlo como un gasto médico.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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17/Abr/13 11:44
Re: APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

Buen día:

Partiendo de la definición de Prótesis, de acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española:

prótesis.

(Del gr. πρόθεσις).

1. f. Med. Procedimiento mediante el cual se repara artificialmente la falta de un órgano o parte de él; como la de un diente, un ojo, etc.

2. f. Aparato o dispositivo destinado a esta reparación.

3. f. Gram. Figura de dicción que consiste en añadir algún sonido al principio de un vocablo; p. ej., en amatar por matar.

Por definición el aparato auditivo es una prótesis, por lo tanto, el gasto por la adquisición de dicho aparato auditivo es una deducción personal en los términos del artículo 240 del Reglamento de la LISR, para ser considera en su calculo de impuesto anual.

Espero haberte ayudado




Editado: Abril 17, 2013 11:45:28
 

 
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a_cano
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17/Abr/13 12:14
Re: APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

Si, con la definicion de protesis me queda mas claro el concepto.

Gracias por sus comentarios.
 
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VICTORG
Sargento Primero

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17/Abr/13 12:53
Re: APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

Víctor: Entonces adelante con la deducción...
 
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CP_PACO
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17/Abr/13 13:09
Re: APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

Buena tarde:


Gracias por sus comentarios.



Gracias por tomarte un minuto para agradecer...
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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17/Abr/13 16:00
Re: APARATO AUDITIVO COMO DEDUCCION PERSONAL

se consideran incluidos los gastos estrictamente indispensables efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente



- Es correcto, toda vez que no existe condicionante adicional, por citar como ejemplo las medicinas....por lo tanto es perfectamente una deducción personal.


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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