Hola buenas tardes a todos , todavia esta vigente el articulo octavo transitorio de la ley del ISR, correspondiente al subsidio al empleo?de antemano gracias
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
Lo anterior es derivado que en el parrafo tercero dice que cuando se paguen menos de 30 dias, la tabla se proporcionara dividiendola entre 30.4 y se multiplicara por el numero de dias pagados. esto es correcto?gracias
Es que en el caso de pagos quincenales, hay trabajadores que tienen hasta tres faltas y en ese supuesto, la tabla del subsidio quincenal la dividimos entre 15 y se multiplca por doce dias que trabajo y es lo que le corresponde de subsidio. gracias por su ayuda.
Te sugiero aplicar la Tarifa aplicable en función de la cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, correspondiente a 2013, calculada en días, así como la Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 1 del rubro B. publicadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013,