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04/Abr/13 14:31
ALTA REGIMEN EN FORMA EXTEMPORANEA

Buenas tardes estimados compañeros del foro,

Me encuentro con esta situación: Una Persona Física con Régimen de Sueldos y Salarios, percibió otros ingresos (depósitos en efectivo) en el ejercicio 2012, que no fueron declarados en su momento y apenas se van a declarar en los meses correspondientes, ahora tengo que dar de alta un nuevo Régimen en forma extemporanea para poder enviar las declaraciones.
Resulta que por el monto declarado en el ejercicio 2011 por el Régimen de Sueldos se encuentra obligado a presentar Declaraciones con pago Referenciado, pero me imagino que al intentar enviar las declaraciones de este modo no va aceptarlo debido a que las obligaciones no estaban activas para el ejercicio 2012.
Podré enviar las declaraciones a travez del método anterior?
Alguien me podría asesorar al respecto?
De antemano muchas gracias compañeros.
 
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gabo68
Sargento Segundo

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04/Abr/13 14:46
Re: ALTA REGIMEN EN FORMA EXTEMPORANEA

Estimado,

No estoy seguro que los ingresos que se consideren para entrar al esquema se tengan que sumar a los del régimen de sueldos, sin embargo, si algún colega puede confirmarnos eso sería buen punto de partida.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
Teniente

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04/Abr/13 14:56
Re: ALTA REGIMEN EN FORMA EXTEMPORANEA

percibió otros ingresos (depósitos en efectivo) en el ejercicio 2012, que no fueron declarados en su momento


seria factible aclarar que tipo de ingresos, si espor actividad economica , o si es por actos accidentales como venta de una casa, terreno, etc.


saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
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GOrnelas
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04/Abr/13 15:02
Re: ALTA REGIMEN EN FORMA EXTEMPORANEA

Tiene varios depósitos en efectivo algunos dice que son porque renta una casa, aunque aún no tengo el contrato de arrendamiento, estoy esperando me lo entreguen, pero es posible que ese contrato sea entre la esposa del contribuyente y el inquilino y no celebrado por él, por lo que considero que los tengo que gravar como Regimen Prestación de servicios, creo que no hay de otra, ó es uno ó el otro.
También tiene un cheque depositado que ni recuerda por que concepto fué además de depósitos por venta de dlls
Saludos.
 
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gabo68
Sargento Segundo

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04/Abr/13 15:06
Re: ALTA REGIMEN EN FORMA EXTEMPORANEA

Me encuentro con esta situación: Una Persona Física con Régimen de Sueldos y Salarios, percibió otros ingresos (depósitos en efectivo) en el ejercicio 2012, que no fueron declarados en su momento y apenas se van a declarar en los meses correspondientes, ahora tengo que dar de alta un nuevo Régimen en forma extemporanea para poder enviar las declaraciones.
Resulta que por el monto declarado en el ejercicio 2011 por el Régimen de Sueldos se encuentra obligado a presentar Declaraciones con pago Referenciado, pero me imagino que al intentar enviar las declaraciones de este modo no va aceptarlo debido a que las obligaciones no estaban activas para el ejercicio 2012.
Podré enviar las declaraciones a travez del método anterior?
Alguien me podría asesorar al respecto?
De antemano muchas gracias compañeros.



- Lo que comenta Gerardo es muy importante de aclarar......en ello puede cambiar la dirección del caso...porque pueden ser ingresos gravados o exentos......

- y quizás el 59 CFF este esperando....justificar


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
Capitán Primero

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04/Abr/13 17:13
Re: ALTA REGIMEN EN FORMA EXTEMPORANEA

Con respecto al Art. 59 Fracc I, suponiendo que el contrato de arrendamiento se encuentre a nombre de la esposa del contribuyente con el inquilino pero también el predial sale a nombre la esposa y las escrituras las puso a nombre de la esposa, pero en el contrato se estipula el cobro por la renta del inmueble, que sería lo único que coincide con los importes depositados por este concepto.
Y tomando en cuenta lo que dice este Articulo 59 Fracc. I ¿Puedo declarar estos ingresos con el Régimen de Arrendamiento? ¿Es correcta mi apreciación?

Y con respecto al método para presentar las declaraciones, ¿las podré realizar con el método anterior ó debe ser como Pago Referenciado?, considerando que apenas daría de alta la obligación.

Gracias.
 
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gabo68
Sargento Segundo

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