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02/Abr/13 15:02
¿Declaración anual por sueldos y salarios por medio de la empresa?

Que pasa si la empresa presenta cálculo anual de algunos de sus trabajadores y éstos están obligados a presentar la declaración, anual, por el solo hecho de que perciben ingresos con otros patrones, es decir, si la Empresa le acumula sus ingresos y presenta su declaración anual.

En la declaración anual por sueldos y salarios, al acumularlo la Empresa, le pide RFC de otros patrones, por lo que sí se puede hacer la declaración de dicho trabajador, porque esta la opción de poner esos ingresos y los RFC de otros patrones, así que el saldo a cargo la Empresa lo paga, pero mi duda es si tendrá problemas el trabajador o la empresa, el trabajador no rebasa los $ 400,000.00 trabajo todo el año, por lo que lo único por lo que esta obligado es porque recibio ingresos por otros patrones.
Gracias.
 
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cpallares
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02/Abr/13 15:07
Re: ¿Declaración anual por sueldos y salarios por medio de la empresa?

HOLA

FAVOR DE CONSULTAR LOS NUMERALES 116-117 -118 LISR EN EL SE DETALLAN LOS SUPUESTOS PARA PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL
 
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GOrnelas
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02/Abr/13 15:24
Re: ¿Declaración anual por sueldos y salarios por medio de la empresa?

El art. 117 Menciona Solicitar las constancias a que se refiere la fracción III del artículo 118 de esta Ley y proporcionarlas al empleador dentro del mes siguiente a aquél en el que se inicie la prestación del servicio, o en su caso, al empleador que vaya a efectuar el cálculo del impuesto definitivo o acompañarlas a su declaración anual. No se solicitará la constancia al empleador que haga la liquidación del año.

Sin embargo en ese mismo artículo inciso III.- III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:

c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea

y en el art. 118.-
IV. Solicitar, en su caso, las constancias a que se refiere la fracción anterior, a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, a más tardar dentro del mes siguiente a aquél en que se inicie la prestación del servicio y cerciorarse que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.

Asimismo, deberán solicitar a los trabajadores que les comuniquen por escrito antes de que se efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año de calendario de que se trate, si prestan servicios a otro empleador y éste les aplica el subsidio para el empleo, a fin de que ya no se aplique nuevamente.

Pero no habla de que no se debe, o no lo tiene que hacer.
Es que me piden hacer la complementaria de la declaración para acumularle los ingresos de otros patrones a ese trabajador, es decir, que la empresa le realice el cálculo anual.
 
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cpallares
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02/Abr/13 18:00
Re: ¿Declaración anual por sueldos y salarios por medio de la empresa?

Estimado Colega,

En mi opinión, el inciso c) de la fracción III del 117 de la LISR es muy clara:

c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea

Si el trabajador esta prestando servicios en forma simultanea a dos o mas empleadores no estas obligado a su cálculo.

Aunque debo admitir que no me queda clara cual es tu duda especifica.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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04/Abr/13 12:36
Re: ¿Declaración anual por sueldos y salarios por medio de la empresa?

Si mi duda era que si podía presentar una complementaria de sueldos y salarios realizándole el cálculo anual a los trabajadores que tienes ingresos con otros patrones.
Sin embargo, como bien comentars el Art. 117 es muy claro y por ese inciso de cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores, no puedo presentarles la declaración ya que en el Sat les dicen que estan obligados, independientemente de que el patrón realice el cálculo anual con sus ingresos o acumulandole los ingresos de otros patrones, el patrón estaría en error, ya que en dicho artículo la obligación es de entregarle la constancia, por lo que no debe realizar cálculo anual.
Gracias por sus comentarios.
 
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cpallares
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04/Abr/13 12:55
Re: ¿Declaración anual por sueldos y salarios por medio de la empresa?

Si mi duda era que si podía presentar una complementaria de sueldos y salarios realizándole el cálculo anual a los trabajadores que tienes ingresos con otros patrones.


NO.

ESO CORRE POR CUENTA DEL TRABAJADOR LO ESTIPULA EL 117...


SALUDOS
 
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GOrnelas
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