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24/Mar/13 00:01
Cálculo del ajuste anual por inflación

Saludos

Necesito asesoría sobre la integración de unas cuentas en el ajuste anual por inflación.

De los créditos tengo las siguientes dudas:
ISR a favor, resultante de la declaración del ejercicio 2011
Anticipos a proveedores

En cuanto a las deudas:
Anticipo de clientes
Cuentas por pagar a largo plazo

Otra cosa, ¿se le da algún tratamiento distinto a las cuentas en dólares?, como los bancos, clientes y proveedores? o se incluye normal dentro del cálculo.

Les agradeceré la información que me puedan proporcionar, ya me leí varios post por aquí y ninguno está muy claro, y en la ley menos.

Editado: Marzo 24, 2013 02:24:04
 
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MauroB
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25/Mar/13 10:40
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

Mauro: Fiscalía publicó un artículo al respecto, aquí el link...

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=5549
 
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CP_PACO
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25/Mar/13 10:50
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

De los créditos tengo las siguientes dudas:
ISR a favor, resultante de la declaración del ejercicio 2011 Se considera crédito a partir del día siguiente a aquél en que se presente la declaración correspondiente.Anticipos a proveedores Es un crédito

En cuanto a las deudas:
Anticipo de clientes Es Deuda
Cuentas por pagar a largo plazo Es deuda

Otra cosa, ¿se le da algún tratamiento distinto a las cuentas en dólares?, como los bancos, clientes y proveedores? o se incluye normal dentro del cálculo.


Los créditos y deudas, en moneda extranjera, se valuarán a la paridad existente al primer día del mes.
 
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CP_PACO
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25/Mar/13 11:10
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

Gracias CP_Paco

En cuanto al artículo que mencionas en la primera respuestas, no puedo acceder debido a mi suscripción.

Se me hace increíble que no pueda encontrar información sobre si entra como deuda las cuentas por pagar a largo plazo, tampoco la ley especifica tiempo, pero si me quedaba la duda. Saludos.
 
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MauroB
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25/Mar/13 12:15
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

Mauro: Es que el Art. 48 de la LISR te menciona de manera general que se considera deuda, entre las cuales hay que tomar en cuenta tus pasivos a LP.
 
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CP_PACO
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25/Mar/13 12:38
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

Mauro

Se consideran créditos:
Derecho del acreedor de recibir del deudor una cantidad en numerario.

Los que adquieran las empresas de factoraje financiero.

Inversiones en acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda y en operaciones financieras derivadas de deuda.

(47,48 LISR, 16-A CFF)

Se consideran deudas:
Obligaciones en numerario
pendientes de cumplimiento.
Entre otras:
Las derivadas de contratos de arrendamiento financiero.
Operaciones financieras derivadas de deuda.
(48 LISR)


- No son créditos.....

Cuentas y documentos por cobrar:

1) A cargo de personas físicas y que no
provengan de sus actividades empresariales
a plazos o cobrado antes del mes.

2) A cargo de socios o accionistas, asociantes o
asociados, personas físicas o sociedades
residentes en el extranjero

3) Créditos que la fiduciaria tenga a su favor con
sus fideicomitentes y fideicomisarios

4) A cargo de funcionarios y empleados y
préstamos a terceros del Art. 31, VIII, LISR.
5) Pagos provisionales de impuestos y estímulos fiscales.

Enajenaciones a plazo Ingreso cuya acumulación esté condicionada a la percepción efectiva del ingreso.

6) Efectivo en caja.

Ejemplo de Deudas.

Aportaciones para futuros aumentos de
capital.

Contribuciones causadas (desde el último día del período al que correspondan y hasta el día en el que deban pagarse).

Pasivos y reservas de activo, pasivo o capital, que sean o hayan sido deducibles

Espero te sea de utilidad.


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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25/Mar/13 12:47
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

Gracias Octavus, ya me lo leí, pero cada que le doy una pasada me doy cuenta de algo, esta ves veo que menciona 'cantidad en numerario', ¿se refiera a dinero?, en ese caso, ¿los anticipos entran o no?. ¿Igual los saldos a favor de IDE del ejercicio hasta el momento que se efectuó la devolución?...
 
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MauroB
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25/Mar/13 13:07
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

El problema es que las leyes las escriben los economistas, abogados, ingenieros, etc.
Y muchas veces relegan la opinion del contador.

Al utilizar terminos DEUDAS, CREDITOS.
Que confunden con los terminos que nos enseñan a los contadores en la escuela (Cargo, Credito, Debe, Haber).
Ademas que somos los principales usuarios e interesados en estos temas.


En fin.............
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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25/Mar/13 12:08
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

Mauro

- Si el anticipo a clientes es un ingreso, en automático no debe incluirse en el ajuste, porque no es en numerario ( dinero).



saludos
 
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Octavus
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25/Mar/13 13:23
Re: Cálculo del ajuste anual por inflación

- Mauro, me permito comentarte algo, recuerdo allá en Octavo semestre de la carrera de C.P, un Maestro de impuestos nos dijo una sabias palabras y son ' Los vocablos hay que estudiar desde que estamos en el aula, procurando siempre sustentar tu opinión al contribuir en lo que emprendas , de lo contrario , especularas '


saludos
 
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Octavus
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