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13/Mar/13 13:56
¿El inventario Acumulable no se considera para el cálculo de coeficiente de Utilidad?

Hay una Empresa que no tiene ingresos, no ejerce desde hace tiempo, y no la han dado de baja.
Me solicitaron hacer su declaración anual, y me percato que para efectos del cálculo del coeficiente de Utilidad, No tiene ingresos pero le sale utilidad fiscal porque tiene Ajuste por inflación acumulable e inventario acumulable (de hecho éste es el último ejercicio que lo acumula).
Sin embargo, para efectos del Coeficiente, el ajuste por inflación no entra, y sé que también el Inventario Acumulable, pero trae un coeficiente muy alto 4.0324, y revisando me doy cuenta de que en el año anterior se considero como ingreso el Inventario Acumulable y dividido entre la utilidad fiscal pues por ello salio muy alto.
Pero no entiendo porque disminuyeron el ajuste y el inventario acumulable No. Para estar segura, agradecere su opinión para realizar el cálculo correcto porque al disminuir ambos ingresos acumulables, pues no hay coeficiente, por lo tanto, aunque no hay pagos provisionales porque es una empresa que ya no ejerce, el hecho de que cambie de un coeficiente de 4.0324 a Cero, causa impacto y es por ello que quisiera corroborar que el cálculo sea correcto.
Aparte dice tener un Inventario, lo cual no lo tiene, será correcto que dicho importe lo mande a no deducible para eliminarlo, ya que no tienen nada, lo han perdido, o se ha dañado o se lo han robado, etc.
 
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cpallares
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13/Mar/13 16:32
Re: ¿El inventario Acumulable no se considera para el cálculo de coeficiente de Utilidad?

Opción para calcular el coeficiente de utilidad de pagos provisionales

Regla I.3.3.3.6. Los contribuyentes que hubiesen optado por acumular sus inventarios en los términos de la fracción IV del Artículo Tercero de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR, publicadas en el DOF el 1 de diciembre de 2004, para efectos de calcular el coeficiente de utilidad a que se refiere el artículo 14, fracción I de la misma Ley, correspondiente a los pagos provisionales del ejercicio fiscal de 2012, podrán no incluir el importe del inventario acumulado en el ejercicio fiscal de 2011, en la utilidad fiscal o en la pérdida fiscal, adicionada o reducida, según sea el caso, con el importe de la deducción inmediata a que se refiere el artículo 220 del mismo ordenamiento.
Lo anterior será aplicable, siempre que el coeficiente a que se refiere el párrafo anterior corresponda a los ejercicios fiscales de 2007, 2008, 2009, 2010 o 2011, según corresponda.
Es por ello que en el 2011 hicieron el cálculo incorrecto, sin embargo, no encuentro el fundamento para el 2012.
Gracias
 
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cpallares
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13/Mar/13 16:43
Re: ¿El inventario Acumulable no se considera para el cálculo de coeficiente de Utilidad?

Ya lo encontre, gracias, están en la nueva resolución miscelánea para el 2013, por lo que, no se incluye el inventario acumulable para el cálculo del Coeficiente de Utilidad.
Y eso que hable al Sat, y la 'asesora', me dijo que sí tenía que incluirlo.
 
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cpallares
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13/Mar/13 19:10
Re: ¿El inventario Acumulable no se considera para el cálculo de coeficiente de Utilidad?

- Quizás la asesora se confundió con la PTU, aun así considero no se incluye para este ultimo concepto, claro no es el tema, pero lo importante es que tu caso ya lo resolviste.


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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