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25/Feb/13 19:04
Cambio prima

Buen día, gracias de antemano por su tiempo.
Es una inquietud que necesito despejar, por eso recurro a ustedes. La situación es la siguiente:
Por su actividad la empresa está catalogada en el riesgo IV desde sus inicios (año 2005). Se realizó un cambio de domicilio ante el Imss en Septiembre de 2012, continuando con la misma actividad, pero resulta que en Enero de 2013 reciben una notificación de rectificación de la prima quedando ahora en el riesgo V.
En ese momento yo me encontraba incapacitada y le sugerí a la empresa que lo revisara con un abogado y dar contestación dentro del plazo de 15 días establecido en la notificación recibida.
En febrero les llega un aviso de diferencias, del mes de septiembre de 2012.
Les pregunto por el tramite anterior y me dicen que no le presentaron nada. Fuimos a la Delegación para aclarar las diferencias de septiembre y nos dicen que primero hay que aclarar la modificación en la prima de riesgo.
Se redactó una carta de inconformidad (la semana pasada) y cierta papelería, pero no han acudido a presentarla.
Lo que he leido es que si no contestas en el plazo de los 15 días, dás por aceptada la resolución.
En base a su experiencia, el Imss acepta escritos de inconformidad fuera de plazo? y segundo ahora que tengo que presentar la declaración de Riesgo de Trabajo, no sé que hacer?..si la debo presentar tomando como base la prima anterior ó debo de tomar la prima rectificada. En la empresa sí hubo accidentes de trabajo durante el ejercicio 2012.
Que me sugieren??
Saludos
 
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aliciapg
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25/Feb/13 22:44
Re: Cambio prima

:neutral: Buenas noches Alicia.

Lo primero a saber es por qué se las rectificaron. si fue x el simple cambiod e domiciliom es obvio que no procede y habría que infonfoprmarse. Ya que pasó el plazo de los 15 días hábiles, entonces hay que acudir al tribunal fiscal.

Suerte,
El Lic.


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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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26/Feb/13 08:57
Re: Cambio prima

Gracias pepesoto, y sobre la presentación de la declaración de prima de riesgo, que es lo recomendable?

Saludos
 
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aliciapg
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26/Feb/13 09:04
Re: Cambio prima

No hay algo obvio en el asunto. El contribuyente incluyo dos tramites para autodeterminarse el grado de riesgo, con la supervision buena o mala de los funcionarios del IMSS, pero quien ofrece los datos determinantes es el propio contribuyente.

Para la determinacion de la clases y su grado de riesgo deben considerar la actividad preponderante con parte fundamental de esa clase y no salirse de ahi.

Pudieran tener empleados o trabajadores que desarrollen actividades con mayor riesgo, pero tan solo operan en una parte de todo el proceso de desempeno de sus actividades prepoderantes y no es este el asunto que defina el grado de riesgo final.

A mi parecer quienes desarrollaron los tramites de inscripcion y ahora el cambio de domilio desconoce como elaborarlo, ya que dejaron que a la deriva se inclinaran por determinaciones que desconoce porque se dieron de una forma o de otra.

Ahora intenta corregir, mediante el procedimiento de inconformidad resultara algo inaudito si logran convencer a la autoridad de esta posible erronea autodeterminacion del contribuyente. No olvide quien firmo el cambio de domicilio y una autodeterminacion del tramite fue el contribuyente, ahi el mismo plazmo esta clase y grado de riesgo sin tener a ciencia cierta que firmo.

Ahora si requieren de un especialista en la materia y ademas abogado para que les apliquen de manera imprescindible un juicio de nulidad, con el fin de que anule las actuaciones de las autoridades, ya sea por corregir esa autodeclaracion y demas actos administrativos que se suscitaron a consecuencia de la discrepancia fiscal que se genero por existir dos declaraciones que parecieran incongruentes, si tan solo seria un cambio de domicilio y no cambio de actividades.

Cuando intente solucionar problemas como este, busque tener una imparcilidad, por que quizas tambien exista la posibilidad de que esten equivocados por la primer declaracion o su inscripcion como patron en el IMSS, y resulte que estuviera adecuadamente el segundo tramite.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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26/Feb/13 23:52
Re: Cambio prima

:neutral: Buenas noches Alicia. Dificil la decision, porque necesitaría ver el por qué la rectificaron -como mencioné en mi anterior mensaje-.

Posición conservadora:
Modificar la prima segun el imss-eguro, presentar nueva Dart y en cuanto el juicio fiscal salga en su favor, solicitar la recuperación de cuotas pagadas en exceso.

Posición agresiva:
Determinar la prima con sus datos originales, presentar nueva Dart y esperar resolución favorable en juicio fiscal, para cancelar cualquier requerimiento del imss-eguro.

Ya nos comentará Usted.

El Lic.

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pepesoto
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27/Feb/13 17:19
Re: Cambio prima

Gracias enrique9727 y pepesoto, por sus comentarios, van a seguir la posición conservadora, que comentó usted pepesoto.
Saludos
 
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aliciapg
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01/Mar/13 01:10
Re: Cambio prima

ok Alicia.

Tan solo le ofrezco la postura, en pensar que no siempre la autoridad hace las cosas mal, ella tiene razones fundadas en ley y en derecho para ejercer sus facultades.

Obviamente, tambien debe respetarle los derechos fundamentales a los contribuyentes, que se consagra esta proteccion en el Art 1 CPEUM, sin embargo, las leyes fiscales les confieren tambien las responsabilidades de vigilar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, mismas que en ocasiones finquen diligencias como posibles o aparentes atropellos, pero para empezar si hubiere alguna presuncion por parte de la autoridad, esta siempre se derivaria de las actuaciones infortunadas del propio contribuyente.

Que en caso contrario, de realizarlas con la calidad excelsa que enamarca la ley, le aseguro que dificilmente le molestarian y si lo hicieran, practicamente no tendrian oportunidad de ir mas alla que en entregarle una felicitacion por el buen apego y cumplimiento, pues su labor tan solo quedo en una vigilacia, no teniendo la oportunidad de aplicar un acto REcaudatorio, el contribuyente simplemente se anticipo a realizarlo con total pulcritud.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Mar/13 09:01
Re: Cambio prima

Tienes razón enrique9727,
muchas gracias por tus comentarios, los tomaré en cuenta
Buen fin de semana.
 
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aliciapg
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