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22/Feb/13 18:57
COMO PRESENTO EL IVA EN SOCIEDAD CONYUGAL 50 Y 50 , O NO LO PRESENTO, PRESENTE LAS DIOT MENSUALES

COMO TODOS LOS AÑOS, AL HACER LA ANUAL DE ARRENDAMIENTO, EL SALDO A FAVOR DE ISR POR RETENCIONES EFECTUADAS, LO TENGO QUE PAGAR EN IETU. NADIE ME HACE CASO A MIS PROTESTAS.( VOY A CREAR OTRO FORO DEL IETU)
PERO TENGO OTRA DUDA PRESENTE LAS DIOTS MENSUALES, SE SUPONE QUE YA NO TENGO QUE MANIFESTAR EL IVA EN LA ANUAL.
PERO SI LO TUVIERA QUE PRESENTAR PONGO EL 50 % A CADA MIEMBRO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. O MANIFIESTO EN CADA DECLARACION EL TOTAL TAL Y COMO SE PAGO, YA QUE TAMBIEN SE MENCIONA EN CADA DECLARACION LOS DATOS DEL REPRESENTANTE COMUN.
GRACIAS POR SU APOYO.
 
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FDIAZS
Sargento Segundo

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29/Dic/13 23:01
Re: COMO PRESENTO EL IVA EN SOCIEDAD CONYUGAL 50 Y 50 , O NO LO PRESENTO, PRESENTE LAS DIOT MENSUALES

Alguien con experiencia en sociedad conyugal/PF?
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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31/Dic/13 17:42
Re: COMO PRESENTO EL IVA EN SOCIEDAD CONYUGAL 50 Y 50 , O NO LO PRESENTO, PRESENTE LAS DIOT MENSUALES

Hola.. Feliz Año 2014...

El respesentante común es el que tiene la obligación de presentar el iva..por lo tanto solo el presenta la infromación en la anual..
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
Capitán Primero

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31/Dic/13 18:06
Re: COMO PRESENTO EL IVA EN SOCIEDAD CONYUGAL 50 Y 50 , O NO LO PRESENTO, PRESENTE LAS DIOT MENSUALES

El IVA en la anual es informativa, la ley obliga en forma mensual, en caso de sociedad conyugal es el representante comun quien hara las declaraciones mensuales, la diot, e informacion informativa en la anual.

Art 32 Fracc VIII 3er parrafo (Ley IVA 2013)

saludos
 
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Cone34
Capitán Primero

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01/Ene/14 18:57
Re: COMO PRESENTO EL IVA EN SOCIEDAD CONYUGAL 50 Y 50 , O NO LO PRESENTO, PRESENTE LAS DIOT MENSUALES

LISR 2014

Artículo 92. Cuando los ingresos de las personas físicas deriven de bienes en copropiedad, deberá designarse a uno de los copropietarios como representante común, el cual deberá llevar los libros, expedir los comprobantes fiscales y recabar la documentación que determinen las disposiciones fiscales, así como cumplir con las obligaciones en materia de retención de impuestos a que se refiere esta Ley.
Cuando dos o más contribuyentes sean copropietarios de una negociación, se estará a lo dispuesto en el artículo 108 de esta Ley.
Los copropietarios responderán solidariamente por el incumplimiento del representante común.
Lo dispuesto en los párrafos anteriores es aplicable a los integrantes de la sociedad conyugal.
El representante legal de la sucesión pagará en cada año de calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios, considerando el ingreso en forma conjunta, hasta que se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión. El pago efectuado en esta forma se considerará como definitivo, salvo que los herederos o legatarios opten por acumular los ingresos respectivos que les correspondan, en cuyo caso podrán acreditar la parte proporcional de impuesto pagado.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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