15/Feb/13 10:24
Art. 183 y Art 184 LISR Rentencion a Extranjeros.
Buen dia. Quisiera ver si alguien tiene alguna experiencia similar o si saben que debo hacer por favor. Una empresa Moral Mexicana (YO) contramos los servicio de una empresa moral residente de EU para darnos una asesoria de un dia al mes. Y yo estoy considerando que debi de haberles retenido en cada pago el 25% de acuerdo al ART183LISR, pero algunos asesores ('') me dicen que no tengo la obligacion de acuerdo al ART184LISR. Pero segun yo el ART184 LISR indica que Se exceptuan del pago del impuesto cuando sean pagados por residente en el extranjero y nosotros somos Mexicanos. Estoy entendiendo mal?? Alguien me podra ayudar?? Gracias de Antemano.