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13/Feb/13 16:14
¿Trabajador que ingreso posterior a Enero para la Dim?

Hola que tal, Un trabajador que ingreso posterior a Enero, en el mes de Abril me entrego su constancia de sueldos y salarios de la Empresa anterior para que le presente su declaración anual, la constancia incluye los ingresos de Enero a Marzo, tiempo en el que trabajo anteriormente y se salio para ingresar a nuestra Empresa, sin embargo me entra la duda si debo presentarle su declaración, ya que hay otro trabajador pero éste no me entrego constancia.

Esto es porque de acuerdo a la ley de isr art. 116 al 118, los trabajadores que ingresaron posterior al 1ro. de enero no estoy obligada a hacerle el cálculo anual, pero en el caso de éste trabajador que me entrego su constancia no se si es opcional presentarle su declaración.

Gracias por sus comentarios.
 
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cpallares
Capitán Primero

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13/Feb/13 16:36
Re: ¿Trabajador que ingreso posterior a Enero para la Dim?

NO ESTAS OBLIGADO A PRESENTAR SU DECLARACION ANUAL, AUN Y CUANDO TE HAYA ENTREGADO SU CONSTANCIA. Y TAMPOCO ES OPCIONAL PRESENTARLO. SIMPLEMENTE MARCAS EN TU INFORMATIVA, QUE NO SE LE REALIZO CALCULO ANUAL.
 
LA IGNORANCIA TERMINA AL HACERNOS AMIGOS DEL CONOCIMIENTO
 
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ARMANDOCAAMAL
Sargento Primero

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13/Feb/13 20:20
Re: ¿Trabajador que ingreso posterior a Enero para la Dim?

cpallares:

Esto es porque de acuerdo a la ley de isr art. 116 al 118, los trabajadores que ingresaron posterior al 1ro. de enero no estoy obligada a hacerle el cálculo anual, pero en el caso de éste trabajador que me entrego su constancia no se si es opcional presentarle su declaración.


Hola. Buena tarde!!!

En su caso, si su trabajador ingresó con fecha posterior al 01 de Enero, no cae en el supuesto del b) o c), del Art. 116 de la LISR, entonces no está obligado a hacer su cálculo anual, pero, debe informar las percepciones que usted le entregó (No del otro empleador), en su informativa de sueldos y salarios...Salu2!!!
 
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memoli
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14/Feb/13 01:25
Re: ¿Trabajador que ingreso posterior a Enero para la Dim?

cpallares

- La Obligación subsiste en informar.


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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14/Feb/13 09:36
Re: ¿Trabajador que ingreso posterior a Enero para la Dim?

Muchísimas gracias.
 
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cpallares
Capitán Primero

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14/Feb/13 18:10
Re: ¿Trabajador que ingreso posterior a Enero para la Dim?

cpallares:

en el mes de Abril me entrego su constancia de sueldos y salarios de la Empresa anterior...la constancia incluye los ingresos de Enero a Marzo, tiempo en el que trabajo anteriormente


Hola:

Complementando mi comentario anterior, en la informativa del DIM, en el Anexo 1, viene un recuadro que dice: 'En el caso de que el trabajador haya tenido MAS de un patrón en el ejercicio, señale el RFC de cada uno de ellos'

Salu2!!!
 
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memoli
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