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29/Ene/13 10:37
Dividendos a un nuevo Socio

Buenos días:

Quisiera saber sus comentarios sobre el siguiente tema:

Durante el ejericico 2012 se incorporaron a la sociedad de una empresa tres socios nuevos. Para el mes de enero 2013 se esta tomando la decisión de decretar dividendos correspondientes a la utilidad del ejercicio 2001. La pregunta sería: ¿Estos nuevos socios tendrían derecho a éstos dividendos o sólo a partir de las utilidades del ejercicio en que se incorporaron? ¿Legalmente hay algo al respecto? ¿Es práctica común hacer la 'estratificación' de las utilidades de acuerdo al año de ingreso de los socios?

Muchas gracias.
 
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DAA
Cabo

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29/Ene/13 10:48
Re: Dividendos a un nuevo Socio

Hola buenos dias
si la distribucion o recapitalizacion de las utilidades se debe detallar en los libros sociales de las empresas por cada ejercicio
veamos si aqui te ayudas un poco o por lo menos te dara una idea de donde buscar
saludos y buen dia

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=24353&idCat=10
 
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LC.GONZALEZ
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29/Ene/13 11:03
Re: Dividendos a un nuevo Socio

Muchas gracias por el comentario.
 
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DAA
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29/Ene/13 13:23
Re: Dividendos a un nuevo Socio

Hola.

Si tienen derecho a percibir dividendos de la sociedad, independientemente del ejercicio del cual provengan las utilidades. Es por lo anterior que en muchos de los casos, los nuevos socios pagan un sobreprecio en la compra de acciones (si fue por compra) o pagan más del valor nominal de las acciones cuando es aportación.

Saludos.
 
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vag
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29/Ene/13 14:10
Re: Dividendos a un nuevo Socio

Hasta el momento no he encontrado nada el na LGSM que me diga que no debo pagarle dividendos a socios nuevos, o que lo haga en relación a la fecha de incorporación. El art. 16 nos dice que, salvo pacto en contrario, se hará la distribución de ganancias o pérdidas entre los socios capitalistas proporcionalmente a sus aportaciones. O sea, no hace exlusión en el momento enq ue éstas fueron aportadas. Asimismo, el art. 17 indica que 'No producirán ningún efecto legal las estipulaciones que excluyan a uno o más socios de la participación en las ganancias'.

Lo que leo es que no se puede limitar la participación de las utilidades a los accioniastas por el momento en que aportaron el importe nominal de las acciones; inclusive si hay pacto de los socios anteriores originales.

La verdad no esta nada claro!!!
 
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DAA
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