Que tal amigos buenos dias.
Espero puedan apoyarme en una duda que traigo sobre mi declaracion persona moral.
En mi acumulado a Octubre tengo mas deducciones que ingresos para ietu, por lo cual no tengo base gravable, la pregunta seria la siguiente.
En el mes de noviembre tuve ingresos, pero aun asi mi acumulado en octubre rebasa mis acumulados en ingresos, ¿Es necesario poner los gastos del mes noviembre en la DyP?
Muchas gracias por el apoyo!
En mi opinion yo diria que SI
Ya que en la declaracion presentas los ingresos del mes y las deducciones del mismo y en ambos casos estas se van acumulando en el sistema ahora bien si no presentas o no informas que tuviste gastos pudieras tener tambien problemas al momento de presentar tu DIOT ya que en esta se reflejan las operaciones con tus proveedores
A no ser que tambien la vayas a presentar en ceros o sin operaciones
Bueno me despido espero mi opinion te sea de utilidad
www.asesoresjusandcontab.mex.tl
Si deseas algo para los demas que no sea la simple suerte deseales mejor EL EXITO
JUSANDCONTAB;
Muchas gracias por tomarte el tiempor de apoyarme.
Mira los gastos que tengo son realmente pura carga social y nomina, y mis Diot´s las estoy enviando en ceros, que opinas?
En mi opinión independientemente a que el acumulado a Octubre es superior a los ingresos, deberías de considerar alimentar la información de las deducciones de Noviembre ya que de otra forma la información no te cuadraría cuando presentes el pago provisional de Diciembre.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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19/Dic/12 17:33
Re: DyP IETU
Hola.
Yo opino igual que los compañeros en el sentido de que se tiene que manifestar el importe de las deducciones autorizadas del mes correspondiente aún cuando sean mayores que los ingresos en el acumulado.
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20/Dic/12 08:46
Re: DyP IETU
vabdo buen dia.
Ciertamente son creditos fiscales, pero yo creo que si mandare las complementarias, para que en la anual no tenga diferencias en gastos para el lietu