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27/Nov/12 18:17
DECLARACION ANUAL

HOLA, BUENAS NOCHES A TODOS, TENGO UNA DUDA RESPECTO AL CALCULO ANUAL DE LOS ASALARIADOS, LOS INGRESOS PARA ESTAR OBLIGADOS A HACER SU DECLARACION ANUAL SON DE $400,000.00 PERO SON INGRESOS TOTALES O INGRESOS GRAVADOS? DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS
 
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FERNANDO25
Capitán Segundo

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27/Nov/12 22:49
Re: DECLARACION ANUAL

Hola Fernando:

Son los ingresos totales.

Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 117 fracción III, inciso e) LISR

'e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.'



Espero que mi comentario sea de tu utilidad.


Saludos y que pases buenas noches.

Editado: Noviembre 27, 2012 23:02:05
 
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ngm
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29/Nov/12 08:12
Re: DECLARACION ANUAL

lo que pasa que en el articulo 175 segundo parrafo de l lisr dice que son ingresos acumulables, entonces el que articulo se debe tomar en cuenta para estos efectos el 116 ,117 o 175 de lisr. gracias por tus comentarios.
 
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FERNANDO25
Capitán Segundo

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29/Nov/12 09:02
Re: DECLARACION ANUAL

Buen día FERNANDO25:

Esto es lo que señala la página del SAT al respecto:

Salarios

Por percibir salarios en los siguientes casos:

• Cuando además hayan obtenido otros ingresos acumulables distintos a salarios.

• Cuando hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre, o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.

• Cuando hayan obtenido ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones, (organismos internacionales y los estados extranjeros o embajadas).

• Cuando hayan obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos asimilados a salarios que excedan de 400,000 pesos.

• Cuando hayan comunicado por escrito al patrón que presentarán declaración anual por su cuenta.

Por lo anterior se entiende que para efectos de salarios, serán los Ingresos Acumulables, incluyendo otros ingresos contemplados en el Art. 110 de LISR.

A lo que hace referencia mi apreciable ngm (saludos cordiales) al citar el Art. 117, el cual señala:

'III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:

e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.

Y este Capítulo I contiene además de salarios, los conceptos señalados en el Art. 110 del mismo.



Saludos



Editado: Noviembre 29, 2012 09:05:35
 
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CHAVALON
General de Brigada

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29/Nov/12 10:56
Re: DECLARACION ANUAL

perdon, pero ya me hice bolas, seran ingresos totales o acumulables? muchas gracias por su ayuda.
 
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FERNANDO25
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29/Nov/12 13:19
Re: DECLARACION ANUAL

Son ingresos Totales como lo han comentado ngm y Chavalon.


Saludos
 
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juancarm
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29/Nov/12 14:29
Re: DECLARACION ANUAL

Muchas gracias a todos por su ayuda
 
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FERNANDO25
Capitán Segundo

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