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12/Nov/12 10:50
Terreno del negocio de herencia es deducible para IETU?

Hola a todos.

Tengo una duda y quisiera me pudieran ayudar en lo siguiente:

Un Contribuyente Persona Fisica Hereda de su Padre sus Bienes. Dentro de estos esta el terreno donde se ubica su negocio, quisiera saber si el terrenö ser÷ia deducible para IETU y si tiene un tope el valor que se deduciria.

Gracias por sus atenciones y su ayuda

Saludos
 
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yeny
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12/Nov/12 14:25
Re: Terreno del negocio de herencia es deducible para IETU?

yeny,

Los bienes recibidos en herencia por una persona física en ningún caso son deducibles para IETU.

Lo anterior es así, pues por un lado porque la transmisión de propiedad por causa de muerte no se considera enajenación (artículos 3, fracción I, primer párrafo de la LIETU y 8, segundo párrafo de la LIVA), en consecuencia la operación no es objeto de la LIETU; y por el otro, el heredero no pagó cantidad alguna por dicho terreno con lo cual no cumple el requisito primordial de las deducciones afectas al referido impuesto: que estén efectivamente pagadas (artículo 6, fracción III, primer párrafo de la LIETU).

Cualquier duda o comentario, estoy a tus órdenes.
 
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CPCabanas
Cabo

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