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25/Oct/12 18:56
¿'Al corriente en el pago del impuesto sobre la renta'? Generales en la Escrituras.

Buenas tardes, ¿a qué se deberá que en las escrituras notariales, en las generales de los comparecientes siempre se les coloca la leyenda 'al corriente' o 'exento' en el pago del impuesto sobre la renta? Busqué su fundamento en la Ley del impuesto sobre la renta y en su Reglamento y no lo encuentro.
Gracias.
 
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26/Oct/12 12:47
Re: ¿'Al corriente en el pago del impuesto sobre la renta'? Generales en la Escrituras.

Ya encontré la respuesta, la dejo por si alguien está interesado en el tema:

http://www.revistanotarios.com/?q=node/177

Por el contrario, es de advertirse que en muchas ocasiones se siguen anotando formas sacramentales que desde hace mucho tiempo dejaron de tener validez, por ejemplo la declaración que se requería en la Ley de Hacienda Municipal sobre la colindancia del inmueble con alguno otro adquirido durante los últimos 24 meses y que sabemos, tuvo como razón el que el adquirente prevaleciera de una sola deducción, o bien, la diversa manifestación de que los comparecientes han advertidos en los términos del artículo 12 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta sobre si se encontraban o no al corriente en el pago del Impuesto Sobre la Renta.
 
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