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16/Jun/04 11:56
IVA DE REPECOS

Cuando debera hacerse el primer pago de iva de un REPECO?[color=blue:6ffb7daaac][/color:6ffb7daaac]
 
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htr
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16/Jun/04 12:30

El 5 de abril se emitio un decreto presidencial q estipula q la primera cuota se pagara cuando esta sea determinada por el fisco, o sea que mientras no determine no hay obligacion pago asi de facil y por otro lado tambien comenta que no se podran hacer determinaciones d epago por meses anteriores o sea que de enero a abril ya no habra pago , est bien no, mientras mas se tarden las autoridades, mas tarde se enterara este famoso iva
 
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CHRISLENNON
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16/Jun/04 15:22
Re: IVA DE REPECOS

:P

Como tengo entendido la autoridad te debe requerir el primer pago, por lo que si aun no llega ningun requerimiento debes esperarlo para que tu puedas pagar algo
 
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lgonzalezace
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18/Jun/04 12:07
Re: IVA DE REPECOS

:evil: :evil: ESTE REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD PARA EL PAGO DEL IVA SIGNIFICARIA ALGUNA MULTA POR SER UN A SOLICITUD DE ESTA.
 
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ANGELGONZALEZ
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18/Jun/04 15:33

DE NINGUNA MANERA SERIA MULTA, YA QUE EL DECRETO DICE QUE LAS AUTORIDADES **NOTIFICARAN** "LA FORMA DE PAGAR".........Y EN TANTO CUANTO NO SE NOTIFIQUE EN FORMA GENERAL EL PROCEDIMIENTO, NO DEBE EXISTIR MULTA

SALUDOS
 
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lobozac
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18/Jun/04 16:08
Re: IVA DE REPECOS

Decreto del 5 de Abirl del 2004
Articulo Primero: Los contribuyentes a que se refiere el articulo 2C de la Ley del IVA, estaran obligados a pagar la primera cuota estimada a partir del mes en el que esta sea determinada por las autoridades fiscales, sin que puedan hacer determinaciones de cuotas estimadas por meses anteriores[/b:574fb3c178]. [b:574fb3c178]Cuando la estimacion se haga con posterioridad al mes de mayo de 2004, la determinacion de las cuotas estimadas comprendera desde el mencionado mes de mayo en adelante, cuando se trate de contribuyentes que hayan realizado actividades al menos desde el mes citado, que esten afectas al pago del IVA.

Considero que es mas que claro dicho precepto, ya que hasta que la Autoridad te lo "determine", realmente no me imagino como te vaya a "determinar" la cuota.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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18/Jun/04 16:54
Re: IVA DE REPECOS

De acuerdo con los colegas...!!

Como podría imponerme multas la autoridad cuando ni siquiera me ha dicho como voy a pagar...??? es más aun ni siquiera estan seguros si voy a pagar...!!!
 
:evil: ME GUSTARÍA SER TÚ... PARA TENER UN AMIGO COMO YO...!!! http://groups.msn.com/AportacionesFiscales
 
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Alucard
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18/Jun/04 21:31

Hay les envio otra opiñion de una pagina que leo por ahi, que al final es lo mismo comentado.Cosme Lucero de Campeche.
LO ULTIMO DE LOS REPECOS EN EL IVA CUOTA FIJA 2004

Se acerca la fecha del primer pago del IVA a REPECOS ( 19-07-04 ) y muchos de ellos e inclusive colegas Contadores no saben ni que hacer al respecto, ya que existe mucha incertidumbre al respecto.

Es bueno hacer un recordatorio:

El 05 de Abril del 2004, el Presidente de la Republica, Lic. Vicente Fox Quezada emitió Decreto Fiscal en el cual en pocas palabras se estipulan los siguientes estímulos o beneficios fiscales

Artículo Primero. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, estarán obligados a pagar la primera cuota estimada a partir del mes en el que ésta sea determinada por las autoridades fiscales, sin que se puedan hacer determinaciones de cuotas estimadas por meses anteriores. Cuando dicha estimación se haga con posterioridad al mes de mayo de 2004, la determinación de las cuotas estimadas comprenderá desde el mencionado mes de mayo en adelante…………..

Hay que observar que de la interpretación “ésta sea determinada por las autoridades fiscales “ , se desprende que la Autoridad Fiscal esta obligada a notificar a los REPECOS las cuotas fijas que tendrían que pagar cada uno. Por lo que al no haber notificaciones no habrá obligación de pagar para el próximo lunes 19 de julio del 2004. Es mas no hay ni siquiera formatos.

Además de “sin que se puedan hacer determinaciones de cuotas estimadas por meses anteriores “ significa que por lo meses de enero a abril ya no existe obligación de pago, porque por estos meses la Autoridad Fiscal no notifico la cuota fija de IVA estimada a pagar!!!

Es importante también el poder saber que todos los REPECOS tienen la obligación de presentar aunque sea de manera extraordinaria su declaración anual del 2003 en el formato 30, de no hacerlo están expuestos a multas.

También hay que considerar que en nuestro país México, los Decretos que son emitidos por el Presidente de la Republica deben ocasionar siempre beneficios o estímulos a los contribuyentes y estos en consecuencia son por encima de la propia Ley afectada por el mismo decreto.

No existe convenio firmado de recaudación entre SHCP y el Gobierno del Estado de Chihuahua en cuanto al IVA, por lo que en su defecto los únicos que pueden recaudar o cobrar este IVA a REPECOS es SHCP. No confundirlo con el ISR a REPECOS por el cual si existe convenio entre ambos y este lo cobra el propio Gobierno del Estado.

CP MI Jorge A Gonzalez Anchondo
eropgoes@terra.com.mx
 
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cosmelucero
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