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22/Oct/12 12:58
Tercera RMF 2012

Buenas tardes:
Con una molestia, alguien me podría explicar a que se refiere el siguiente párrafo?
Es el primer párrafo despues de la fraccion V de la Regla I.2.7.1.16 Sobre el Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales
'Los contribuyentes que emitan CFDI o CFD y apliquen la facilidad contenida en esta regla, señalarán en los apartados designados para incorporar dichos requisitos, la expresión NA o cualquier otra análoga y cuando resulte aplicable, no incluirán el complemento respectivo'

estoy suponiendo que en forma de pago le debo de poner 'NA o No Aplica' en lugar de la palabra 'No Identificado' porque la regla se derogó...
Pero luego dice 'NO INCLUIRÁ EL COMPLEMENTO RESPECTIVO' se refiere a los últimos 4 dígitos de la cuenta? estuve preguntando a la autoridad pero me comenta supuestamente que se refiere para los CBB, que dicho requisito lo puedo dejar en blanco.
Muchas gracias por su atencion.
 
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adlemy
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22/Oct/12 13:34
Re: Tercera RMF 2012

No se puede eliminar el 'nodo' de metodo de pago y sus cuatro últimos dígitos de la cuenta, porque representaría volver a solicitar actualizaciones de los sistemas de punto de venta a los contribuyentes, lo que sí se puede hacer, es poner en esos 'nodos' que ya están porque en un principio la autoridad los exigió, la letra N/A

Sería muy costoso que el sat digera que no debe de tener 'metodo de pago' porque representaría volver a actualizar los sistemas de punto de venta para que se los quiten

en pocas palabras, esa palabra en CFD y CFDI 'metedo de pago' se queda, hasta nueva actualización, pero tu obligación está en que puedes poner N/A ó si así lo deseas, el método en que te lo pagaron
 
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bandido07
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