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08/Oct/12 16:36
Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Buenas tardes y gracias por sus comentarios; resulta que el mes de agosto presente una declaracion de un regimen intermedio en el nuevo esquema de pagos refereciados para personas fisicas; para esto, dentro de sus obligaciones aparece la de: ISR PERSONAS FÍSICAS. ACTIVIDAD EMPRESARIAL. RÉGIMEN INTERMEDIO PARA
ENTIDADES FEDERATIVAS
la cual tambien seleccione y declare; investigando mas sobre el tema me encuentro con esto del día 3 de octubre de 2012: PAGO A ENTIDADES FEDERATIVAS

ÚNICA

Las personas físicas del régimen Intermedio de las Actividades Empresariales, al presentar su pago provisional en el Servicio de Declaraciones y Pagos se habilita la obligación “ISR Personas Físicas. Actividad Empresarial. Régimen Intermedio para Entidades Federativas”. ¿Deben seleccionar esta obligación?

No, deberá seleccionar esta obligación, solo deberán seleccionar las obligaciones que se presentan a la Federación.


Mi duda es la siguiente; ¿debo de presentar alguna declaracion complementaria donde deje sin efectos esta obligacion? ¿Si la dejo asi habra algun problema? ¿Hay alguna manera de disminuir esta obligacion? ¿Por que la autoridad me despliega esta obligacion; que no seria menos confuso que no apareciera....?

Estoy consiente que en las preguntas y respuestas referente a este tema ya lo señalaba la autoridad; pero realmente se me paso el dato y hasta hoy me estoy dando cuenta de esto; las agradezco de nuevo cuaquier orientacion que me puedan brindar.
 
Jose Manuel Loza R Lic. en C. P. Tepatitlan de Morelos Jal
 
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08/Oct/12 23:14
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Hola Estudiante, buenas noches:

Quizá no tengas mayor problema con el hecho de haber presentado la declaración que comentas a la federación, siempre y cuando haya sido en ceros.

Lo anterior, puesto que la Ley no te obliga a presentar esa declaración en ceros a la federación, pero... por aquéllo de las declaraciones con errores o que no son presentadas por las vías correspondientes, pues...

Quizà la declaración 'dejar sin efectos pueda aplicar, pero...para una mayor y segura tranquilidad, te sugiero realizar una consulta al SAT vía el portal del contribuyente y que ellos te digan la transcendencia de dicho error, así como el procedimiento para corregirlo.

Y pues sí, coincido con tu comentario, para qué cargan esa obligación habilitada si no se debe relacionar, pero bueno, así son las cosas.


Espero que mi comentario sea de tu utilidad.


Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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08/Oct/12 23:20
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Ley no te obliga a presentar esa declaración en ceros a la federación


Corrección:

Ni en ceros ni a cargo, puesto que de una u otra manera, deben ser presentados ante la Entidad Federativa.


Saludos nuevamente.
 
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09/Oct/12 09:33
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Gracias por tu amable respuesta; haciendo lo que me comentas; realice la consulta con los del desinformasat; y lo que ellos me suguieren es presentar una complementaria dejando sin efectos esa obligacion......

Ahora una nueva pregunta me surge: ¿Al momento de hacer una consulta por obligacion en el sistema de declaraciones y pagos que pasará con las personas que no hubieren presentado esa obligacion; les aparecerá como pendiente?; no dara motivos a requerimientos; y que despues tengamos que aclarar manifestando que la misma autoridad nos menciono que no la presentaramos?

La verdad nuestro sistema fiscal da mucho que desear; cada día vemos cambios y mas cambios para fiscalizar; que en cierto sentido esta bien; pero nunca se ponen en el lugar de los contribuyente; ponle requisitos a las facturas; dijo mi mama que seimpre no, quitazelos.

Pero en fin; lo mas triste es que la verdadera evasion fiscal y desvio de fondos esta dentro de las grandes empresas (monopolios); y en las empresas paraestatales del gobierno....pero en fin ese es otro rollo muy ajeno a las intenciones del foro.....Gracias de nuevo por la respuesta.....
 
Jose Manuel Loza R Lic. en C. P. Tepatitlan de Morelos Jal
 
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09/Oct/12 11:07
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Buen día Estudiante,

No hay de qué.

Tu pregunta:

¿
Al momento de hacer una consulta por obligacion en el sistema de declaraciones y pagos que pasará con las personas que no hubieren presentado esa obligacion; les aparecerá como pendiente?; no dara motivos a requerimientos; y que despues tengamos que aclarar manifestando que la misma autoridad nos menciono que no la presentaramos?


No, porque no estás obligado a presentar esa declaración a la federación sino a la Entidad Federativa.

Fund.

LISR
“Artículo 136-Bis. Con independencia de lo dispuesto en el artículo 127 de esta Ley, los contribuyentes a que se refiere esta Sección efectuarán pagos mensuales mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa en la cual obtengan sus ingresos. El pago mensual a que se refiere este artículo, se determinará aplicando la tasa del 5% al resultado que se obtenga de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 127, para el mes de que se trate una vez disminuidos los pagos provisionales de los meses anteriores correspondientes al mismo ejercicio.

Espero que mi comentario sea de tu utilidad.

Saludos y buena suerte.
 
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09/Oct/12 12:14
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Claro que es de mucha utilidad tu comentario.....muchas gracias; esperemos que la autoridad corrija esta situacion y no aparezca la obligacion antes mencionada; o por lo menos que nos de la oportunidad de poder dar de baja dicha obligacion a los contribuyentes de este regimen (creo que en su mayoria si no fueran todos) que realizamos este pago a nuestra entidad....Saludos.....
 
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09/Oct/12 12:59
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Al cesar ( estado ) lo que es del cesar(estado).......y al sat lo que es la federación......


saludos
 
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09/Oct/12 13:35
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Totalmente de acurdo CP Hugo; pero aun me quedan estas 3 dudas:

¿Qué sucede si el sistema de la autoridad detecta que esta obligación no esta presentada y emite un requerimiento; tendremos que estarlos aclarando? Ya quedo contestada esta pregunta en un post anterior; pero ahora me pregunto; el SAT modifico su sistema para que no vaya emitir algun requerimiento?; dentro del sistema me aparece este obligacion y al no presentarla quisiera pensar que el sistema leyó el archivo de preguntas y respuestas del SAT para que no lo emita.

¿Que sucede al momento de consultar en pagos referenciados, la opción de consulta por obligaciones; algun colega que no haya seleccionado esta obligación como le aparece?.

¿Qué sucede si algun contribuyente necesita la opinión del cumplimiento de sus obligaciones; aparecerá pendiente esta obligación?

Espero que nuestra esplendida autoridad haya previsto esto......

Saludos....
 
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09/Oct/12 16:23
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

Hola nuevamente Estudiante,

No hay de qué.

Y pues...recomendación: No te mortifiques por los requerimientos.

Para que el SAT te emita un requerimiento debe estar FUNDADO y MOTIVADO y...

No cuenta con ninguno de ambos elementos, puesto que el art. 136 Bis dispone que debes presentar esa obligación a la Entidad Federativa y no a la Federación.

Por lo tanto, no cuenta con un fundamento y aunado a ello, tampoco cuenta con un motivo (omisión de obligación).


Saludos nuevamente y que tengas una buena tarde.
 
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09/Oct/12 16:40
Re: Pago Referenciado a Entidades Federativas Regimen Intermedio

No os preocupeis Estudiante.


El sat no esta fino en ese punto, puesto teneis todos los elementos a nuestro favor.


saludos
 
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CPhugoocejo
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