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11/Sep/12 13:24
diot debe cuadrar con el saldo a favor??

buen dia estimados foristas, mi pregunta radica si debe cuadrar el saldo a favor presentado con el importe del iva acreditable en la diot, debido a que pasaria con el iva retenido por el contribuyente ese no es acreditable por lo tanto no formaria parte de mi saldo a favor hasta que realmente pague dicho iva, esto surge por una discusion con la autoridad que me solicita cambiar la informacion de la diot para cuadrar el saldo de iva.

espero comentarios al respecto o bien indicarme si yo soy el que esta mal en la informacion que presento.
 
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GEORGERUNJ
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12/Sep/12 07:48
Re: diot debe cuadrar con el saldo a favor??

Buen día GEORGERUNJ:

diot debe cuadrar con el saldo a favor??


No necesariamente.

Recuerdas como determinas el Saldo a Favor de IVA ?

Puedes consultar el Art. 5-D de LIVA



Saludos
 
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CHAVALON
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12/Sep/12 13:03
Re: diot debe cuadrar con el saldo a favor??

DICHO ARTICULO DICE:
Artículo 5o.-D. El impuesto se calculará por cada mes de calendario, salvo los casos señalados en el artículo 33 de esta Ley.

Los contribuyentes efectuarán el pago del impuesto mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

El pago mensual será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento determinadas en los términos de esta Ley. En su caso, el contribuyente disminuirá del impuesto que corresponda al total de sus actividades, el impuesto que se le hubiere retenido en dicho mes. .......
EN BASE A ESTO Y CHECANDO LO QUE ESTABLECE EL ART.5 FRACCION IV.
IV. Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma, con excepción de lo previsto en la fracción IV de dicho artículo. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención, y .....

CONSIDERO ENTONCES NO DEBE CUADRAR LA DIOT EN ESTOS CASOS CON EL SALDO A FAVOR.
ESPERO COMENTARIOS.
 
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GEORGERUNJ
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13/Sep/12 11:05
Re: diot debe cuadrar con el saldo a favor??

Hola George, buen día:

Tu conclusión:

CONSIDERO ENTONCES NO DEBE CUADRAR LA DIOT EN ESTOS CASOS CON EL SALDO A FAVOR.
ESPERO COMENTARIOS.


Así es.

Desde mi particular punto de vista, tu conclusión es correcta. Puesto que este importe de IVA (el retenido que se acredita hasta el mes en que se paga), no existe un campo en dicho el programa de la DIOT para que sea relacionado, por lo tanto, el IVA acreditable del mes correspondiente 'no cuadra' con lo informado dicha declaración informativa.

Espero que mi comentario sea de tu utilidad.


Saludos a ambos y que tengan un excelente día.
 
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ngm
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