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08/Sep/12 11:15
Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

Muy buenos dias!!

Tengo el caso de una trabajadora la cual por necesidades de efectivo solicito se le pagaran sus vacaciones sin disfrutarlas :cry:

Entonces se le pago asi:
6 días trabajados
1 séptimo día
6 días de vacaciones
25% prima vacacional sobre días de vacaciones

Pero la administradora de la empresa me refuta que se le adeuda a la trabajadora el séptimo día de las vacaciones, ya que cuando son disfrutadas si se les realiza el pago del séptimo ya que vacaciones=salario.

Yo considero que se estaría duplicando y que solo es un séptimo día porque laboro, si solicito el pago de sus vacaciones solo lo veo como una percepción mas .

Ustedes que opinan? porque la administradora se pone ruda!
 
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nadiaml
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17/Sep/12 14:11
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

nadiaml,
Primero que nada recordemos que las vacaciones no se pueden compensar con una remuneración (artículo 79, primer párrafo de la LFT), ya que esto puede ser incluso objeto de una sanción por parte de las autoridades laborales (artículos 992 y 994, fracción I de la LFT).

Ahora bien, estoy de acuerdo con tu administradora cuando dice que si el trabajador tomó 6 días de vacaciones (suponiendo que en tu empresa laboran de lunes a sábado) tuvo derecho al séptimo (artículo 69 de la LFT), esto porque dichas vacaciones se consideran como días efectivamente laborados.

Sin embargo, no hay que perder de vista que las vacaciones se 'disfrutan' no se 'pagan', por lo que en el caso planteado considero que se le está cambiando su naturaleza a gratificación extraordinaria, por lo tanto no procede el pago del séptimo día por este concepto.

Como te darás cuenta, lo anterior tendría también implicaciones en el SBC en materia del Seguro Social (artículos 30, fracción II y 34, fracción II de la LSS), y por otro lado dejaría a salvo el derecho del trabajador al disfrute de las vacaciones respectivas.

Espero que mis comentarios te sean de utilidad, no obstante te sugiero que busques también la opinión de un abogado laboralista.
 
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CPCabanas
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17/Sep/12 14:56
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

CP Cabañas buenas tardes

Que agradable sorpresa es leer sus comentarios
Veo que es de reciente inscripción, se lo digo por las pocas participaciones que lleva (6) a la fecha del presente y porque no lo había leído
Sea Ud Bienvenido (a)..!!

Veo que conoce e interpreta mas que excelentemente la LFT y LSS
Felicidades..!!

No nos prive de sus conocimientos

Le invito a participar en los Foros Seguridad Social y Laboral a donde mas de uno se lo agradeceremos

No tengo mas comentarios que añadir a su participación en este tema, comparto su opinión y estoy totalmente de acuerdo en ello

Saludos Nadiami,
 
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vcaspe
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17/Sep/12 16:32
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

Totalmente de acuerdo con mi estimado Vcaspe.

Muy buen análisis del CPCabanas y con 6 participaciones, ojala muchos se animen a participar, siempre los mismos....animo..


saludos
 
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CPhugoocejo
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17/Sep/12 16:32
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

Totalmente de acuerdo con mi estimado Vcaspe.

Muy buen análisis del CPCabanas y con 6 participaciones, ojala muchos se animen a participar, siempre los mismos....animo..


saludos
 
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CPhugoocejo
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17/Sep/12 21:48
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

Buena noche:

En relación con el tema, me permito transcribir el siguiente criterio:

Época: Séptima Época
Registro: 257 068
Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
TipoTesis: Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: 23 Sexta Parte
Materia(s): Laboral
Tesis:
Pág. 47

SEGURO SOCIAL. VACACIONES TRABAJADAS. SU PAGO NO INCREMENTA EL SALARIO.

Tratándose del caso en que el trabajador labore durante el período de vacaciones correspondientes, y de la cuestión de si las percepciones relativas forman parte del salario para el efecto del pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, es de estimarse que se está frente a una situación extraordinaria, y por lo tanto, eventual, si no quedó debidamente demostrado que se trata de una situación que se repitiera continuamente, de manera sistemática y ordinaria, por lo que no pueden interpretarse los artículos pertinentes en el sentido de incluir, como parte del salario por su labor ordinaria, los ingresos que perciba el obrero por tiempo que tiene características extraordinarias, ya sea que se prolongue la jornada diaria, o ya sea que se prolonguen las labores durante el tiempo de vacaciones, ya que en ambos casos se está frente a una percepción extraordinaria, que normalmente el trabajador no puede exigir por su trabajo normal. Y según el artículo 18 de la Ley del Seguro Social, sólo deben incluirse las percepciones que se originen por una situación normal, por lo que es de concluirse que procede conceder el amparo, para el efecto de que se dicte una nueva sentencia, en la que se incluya en la declaración de nulidad, la parte de la resolución en que se pretende tomar en cuenta como salario de los trabajadores el pago por los servicios prestados durante las vacaciones, para el efecto del pago de las cuotas obrero-patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 233/70. Salicilatos de México, S. A. 30 de noviembre de 1970. Unanimidad de votos.

Nota:

Enviada sin mención del ponente al Semanario Judicial de la Federación.

En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro 'SEGURO SOCIAL. EL PAGO POR VACACIONES TRABAJADAS. NO INCREMENTA EL SALARIO.'.
 

 
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a_cano
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18/Sep/12 08:54
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

Saludos tocallazo te mando un abrazo y ojalá me envíes aquel enlace que me habías comentado y lamentablemente no pude explorar en ese momento

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acano buen día, como ha estado? Deseo y espero que muy bien

Le agradezco que comparta la Tesis Aislada que ha incrustado en el tema
Yo no la comparto porque no tiene sustento jurídico

La LSS no contempla nunca la integración o exclusión tan solo por ser pagos extraordinarios, si así fuera entonces el aguinaldo no integraría SBC pues se paga una vez por año.

Me hace falta espacio para sustentar de fondo mi opinión por eso no lo haré ahora, pero lo esencial ya lo he vertido

Por supuesto que todas las opiniones merecen todo mi respeto en especial la suya. La mejor decisión la tiene cada quien. Yo si integraría dichos pagos

Un saludo y buen dia
 
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vcaspe
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18/Sep/12 10:00
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

vcaspe y CPhugoocejo,

Les agradezco sus comentarios y la bienvenida y por supuesto que continuaremos intercambiando conocimientos y experiencias para enriquecer estos foros, ya que son de mucha utilidad para todos los que nos desenvolvemos en estas áreas.

Volviendo a la pregunta de nadiaml y a la tesis que transcribe a_cano y que complementa mi respuesta, estoy de acuerdo con dicha tesis aislada e incluso puede servir como precedente; sin embargo creo que no trata del tema de fondo, esto es, que condiciona la integración de las vacaciones trabajadas a la periodicidad de su entrega y no a su propia naturaleza retributiva, tal y como lo prescriben los artículos 5-A, fracción XVIII de la LSS y 82 de la LFT. En todo caso, cualquiera de las dos posturas se tendrá que hacer valer ante el Instituto o los Tribunales, según sea el caso.
 
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CPCabanas
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19/Sep/12 15:07
Re: Vacaciones Trabajadas se paga 7mo dia?

Muchas gracias Cabañas.
Por acá andaremos y seguiremos leyendonos
Su presencia acá me obligara a estudiar mas

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Y bien nadiami

Pudimos apoyarla en algo?

Sl2
 
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vcaspe
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