29/Ago/12 11:28
Credito inventarios Ietu en fusión
Es posible que una fusión de sociedades la fusionante pueda aplicar para efectos del IETU el crédito fiscal de inventarios que traía la fusionada?
El artículo primero del decreto del 5-nov-2007 establece la posibilidad de que:
'los contribuyentes que tributen conforme al Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única, por el inventario de materias primas, productos semiterminados, productos terminados o mercancías que tengan al 31 de diciembre de 2007, cuyo costo de lo vendido sea deducible para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en un crédito fiscal que podrán aplicar contra el impuesto empresarial a tasa única de los ejercicios fiscales a que se refiere este artículo y de los pagos provisionales de los mismos ejercicios, conforme a lo siguiente:
I. El importe del inventario que tengan los contribuyentes al 31 de diciembre de 2007, se determinará considerando el valor que resulte conforme a los métodos de valuación de inventarios que se hayan utilizado para los efectos del impuesto sobre la renta.
II. El importe del inventario que se determine conforme a la fracción anterior se multiplicará por el factor de 0.175 y el resultado obtenido se acreditará en un 6% en cada uno de los siguientes diez ejercicios fiscales a partir de 2008, contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio de que se trate.'
Hasta el momento no he encontrado algo que limité la posibilidad de que la fusionante pueda acreditar contra el Ietu a su cardo el crédito fiscal referido que traía la fusionada al momento de la fusión.
Además, el propio artículo primero del citado decreto menciona:
'Tratándose de liquidación de una sociedad, en el ejercicio en el que se liquide se podrá aplicar el crédito fiscal pendiente del inventario.'
Como vemos, las disposiciones fiscales no mencionan un tratamiento específico para la figura de la fusión, por lo que considero que sí es posible que la sociedad fusionante pueda aplicar el crédito fiscal de inventarios que traía la sociedad fusionada.
Sin embargo, quisiera saber cuál es la opinión de los compañeros foristas.
Saludos.