23/Ago/12 13:13
Se podra hacer esta actividad ente el imss
Buenas tardes amigos del foro, espero no verme mal con mi tópico pero ante la duda mejor pregunto.
Tengo un cliente que se dio de alta en el SAT por actividad empresaria, ahora quiere construir su local comercial y trae unos obreros de la construccion a los cuales quiere asegurar, pero le comento que el giro que tiene ante el SAT no es el mismo para la construcción por lo de la prima de riesgo, el cliente me dice que lo dé de alta ante el imss para la construccion de su local y para la actividad empresaria, las dudas son:
Se puede hacer esto ante el imss?
Las facturas por gastos de la construccion las ingresaré a la contabilidad y esas mismas me sirven para comprobar ante el instituto la mano de obra?
Tendrá que hacer nóminas por el pago de los obreros de la construcción.
Bueno, espero haberme explicado y mucho agradecería sus comentarios.
Gracias
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DAMIAN23
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23/Ago/12 14:14
Re: Se podra hacer esta actividad ente el imss
1. para la actividad empresarial tendrá un registro patronal independiente de la construcción
2. para la construcción de local propio, deberá de tramitar su registro patronal ante el imss, en el ramo de la construcción
para hacer este movimiento ante el IMSS, no tendrá que modificar la actividad ante el SAT, puesto que no se dedicará a la construcción de locales para su venta, solo serán gastos deducibles para ietu la inversión y acreditamiento la mano de obra, para isr, aplicaría la depreciación
cuando te inscribas ante el imss como constructor, le pondrás en actividad 'construcción local propio', para que el imss no te exija lel cambio de actividad ante el sat, con eso sabrá que lo que vas a construir es un local para tu uso, no para venderlo.
Conclusión, tendrás dos registros patronales, uno de actividad empresarial y otro de construcción, no necesitas aumentar obligaciones, salvo la de salarios, si es que no la tienes
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bandido07
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27/Ago/12 08:49
Re: Se podra hacer esta actividad ente el imss
bandido07, quedo muy agradecido por tu explicación (muy, pero muy clara y concreta), yo tenía una idea de esto, pero lo veía algo dudoso, ya con tu explicación me despejaste las dudas y queda todo muy claro para proceder con el cliente a efectuar sus movimientos ante imss.
Quedo agradecido por tu explicación y reitero mi agradeciemiento por lo mismo.
Salud2
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DAMIAN23
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27/Ago/12 09:13
Re: Se podra hacer esta actividad ente el imss
damian, además de inscribirte com constructor, es importante señalar que debes de llenar los satics, para evitar problemas futuros, el registro como patrón de construcción es obligatorio, y además, el ayuntamiento da información al imss de qué obras se pidieron permiso, el imss coteja en su base de datos si ya se ingresó un satic con esa información, y si no lo ve, ya sabe a quien requerir
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bandido07
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