Hola, buenas tardes a todos, cuando en un laudo se condena al patron a pagar un aguinaldo de 5 años atras,con sueldo de ese tiempo, y va a ser el unico pago que se va a elaborar, para efectos de la retencion de ISR,que procedimiento es recomendable aplicar? de antemano gracias a todos
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15/Ago/12 22:41
Re: AGUINALDO
Despues de eliminar la parte exenta conforme al art 109 LISR, tambien debiera aplicar una proporcionalidad conforme a la opcion del RISR, y aplicar una tarifa anual, puesto que sera tan solo 1 pago por todo el ejercicio completo. La tabla es la del ano donde cubra ese aguinaldo.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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16/Ago/12 07:39
Re: AGUINALDO
si le aplico como indemnizacion, en el caso que su ultimo ingreso mensual ordinario le genera subsidio a entregar como se sacaria el factor? gracias atodos por sus comentarios