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11/Jul/12 13:54
DEVOLUCION DEL ISAI

Colegas

¿En que caso es suceptible la devolucion del ISAI?

Una de las empresas en las que me encuentro lo va a solicitar pero la fundamentacion la desconozco y es primera vez que escucho eso.

cual podria ser la estrategia.
 
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ISAKI86
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11/Jul/12 16:49
Re: DEVOLUCION DEL ISAI

Buena tarde:

Espero te sirva el siguiente criterio como guía... Se tendrá que acudir a su correlativo...

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Mayo de 2005; Pág. 1400 ; Registro: 178 557
Numero de Tesis: I.4o.A.476 A

ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES EN ESCRITURA PÚBLICA. EL TÉRMINO PARA INTERPONER EL AMPARO CONTRA EL IMPUESTO RELATIVO DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE SU RETENCIÓN.

Conforme a los artículos 134, 135, 137 y 143 del Código Financiero del Distrito Federal, el impuesto sobre las adquisiciones que se hagan constar en escritura pública, se causa a partir de la escrituración, y los fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales lo calcularán bajo su responsabilidad y mediante declaraciones lo enterarán en las oficinas autorizadas dentro del plazo de quince días a que se refiere el artículo 142 de dicho ordenamiento. Ahora bien, si el impuesto lo debe enterar el notario público mediante declaración, el acto de aplicación de la ley que lo regula se actualiza en el momento en que éste retiene el monto de la contribución. En consecuencia, el término para promover el juicio de garantías en contra de la ley que regula el impuesto relativo, con motivo de su primer acto de aplicación, debe computarse a partir de que se tuvo conocimiento de él, esto es, del momento en que el notario retuvo el monto de la contribución.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 22/2005. Rodrigo Morelos Macdonald. 2 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Mariza Arellano Pompa.

Saludos

Editado: Julio 11, 2012 16:53:47
 

 
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a_cano
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11/Jul/12 17:05
Re: DEVOLUCION DEL ISAI

que tal adentrandome un poco al tema descubri lo siguiente

operacion

INMOBILIARIA

SE ESCINDE CREANDO 2 EMPRESAS DESAPARECIENDO LA ESCINDENTE DANDO VIDA A 2 NUEVAS EMPRESAS ESCINDIDAS UNA DE ELLAS SIBRA

AHORA BIEN MEDIANTE APORTACION DE CAPITAL A LA SIBRA OTORGA UN TERRENO(INMUEBLE) MISMO QUE EN SU MOMENTO PAGO ISAI ESE ISAI ES EL QUE PRETENDEN SOLICITAR EN DEVOLUCION AHORA PERTENECIENTE A LA SIBRA.

ESO ES LO QUE NO ME CUADRA EN EL AMBITO LEGAL, LA METODOLOGIA MEDIANTE LA CUAL SE PRETENDE SOLICITAR EN DEVOLUCION.
 
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ISAKI86
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