11/Jul/12 10:07
SAT no está obligado a difundir nombres de beneficiarios de créditos fiscales
Ciudad de México.-
La Suprema Corte de Justicia determinó ayer que, por razones técnicas, no puede resolver si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está obligado a difundir los nombres de contribuyentes a los que fueron cancelados créditos fiscales por casi 74 mil millones de pesos en 2007.
Por 6 votos contra 4, el pleno de la Suprema Corte resolvió que no existe sustento jurídico para pronunciarse sobre la legalidad de un oficio emitido por el SAT en 2010 mediante el cual negó el acceso a la información solicitada por el Centro de Análisis e Investigación Fundar.
La mayoría de los Ministros estableció que el amparo presentado por Fundar sólo cuestionó la constitucionalidad del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que contempla el secreto fiscal, pero no impugnó el oficio del SAT por vicios propios, lo que impide que sea analizado.
Y mientras tanto, siguen en el anonimato los 'beneficiados' de estos créditos!!!!
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale