05/Jul/12 12:36
Tengo una Consulta,
Yo le compro una maquinaria a mi Proveedor (los dos nacionales)
esta maquinaria no esta en el país.
Cuando compro la maquinaria mi proveedor me cobra el IVA de esa Maquinaria.
Cuando yo hago la importación de esa maquinaria pues tengo que pagar el IVA de la Importación.
Es válido, no se supone que ya pague el iva una vez con la factura de mi proveedor nacional.
me pueden ayudar con este caso ?
ado.
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adoración
Cabo
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06/Jul/12 13:48
Re: IVA
adoracion:
Independientemente que el procedimiento de tu Proveedor Nacional no es el adecuado para la venta,desde mi punto de vista, efectua la lectura de:
ARTS. 1 Fracc I,9 Fracc IX y 10 y nos compartes tus comentarios
Saludos
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
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MARIOORTIZ
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21/Jul/12 12:07
Re: IVA
Hola Adoración,
De acuerdo con el Artículo 10 LIVA, yo considero que la enajenación no se está realizando en territorio nacional, por lo que el proveedor no debería cobrarte IVA, y efectivamente tu pagarías IVA, únicamente al importar el bien a territorio nacional.
Saludos
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jgvv22
Teniente
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20/Ene/13 08:58
Re: IVA
Totalmente de acuerdo con jvv22.
Tu proveedor no causa IVA por no ser una operación realizada en territorio nacional, no debe facturar con IVA.
Saludo,
Th.
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Thomper
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12/Mar/13 14:31
Re: IVA
Buen día,
Yo creo que es correcto que si pactaste la enajenación en territorio nacional, el enajenante te cobre el IVA de acuerdo a lo siguiente:
Artículo 1. Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes: ....
Considerando la lectura anterior creo que es importante comentar que la enajenación no necesariamente implica la entrega físca del bien, si no el cumplimiento de los supuestos del Artículo 14 del CFF, y que ambas partes son residentes en territorio nacional ya que al serlo se obligan a someter la totalidad de sus ingresos (actividades) a leyes mexicanas.
Además que no creo que se 'duplique' el pago de dicho impuesto, ya que para lo correspondiente a una operacion entre nacionales pagas el IVA y lo acreditas y para el efecto de la importación, lo causas y acreditas de igual manera, por lo que el efecto neto es de acreditamiento. (Acreditas en la enajenación / Causas y Acreditas en la importación)
Ojalá podámos apliar el tema.
Saludos,
Christian S.
'Por mi raza hablará el espiritú'
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cdsantoyo
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12/Mar/13 14:38
Re: IVA
Espero funcione mi copy/paste del link de un tópico que ejemplifica dicha enajenación.
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=44198&idCat=12
Christian S.
'Por mi raza hablará el espiritú'
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cdsantoyo
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25/Mar/13 16:51
Re: IVA
Buen día,
Te dice el artículo 1 que se causa el IVA por
I. Enajenaciones
II. Servicios
III. Arrenden
IV. Realicen importaciones
Indudablemente to proveedor residente en México te puede dar una factura de el, la cual presentaras en Aduana para manifestar el valor correspondiente. Pero el no te puede cobrar el IVA.
Debes de colocarte en sólo un supuesto del artículo 1 no puedes elegir dos, o tres o todos, tu supuesto es REALICEN IMPORTACIONES, pagas IVA en la Aduana y nunca podrás tener dos causaciones por un mismo acto, estarías violentando preceptos constitucionales.
Saludos,
ISE, S.C. consultores
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edgarconfistula
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01/Abr/13 20:49
Re: IVA
Creo prudente comentar que no es un IVA doble por una sola operación, primero se enajena el bien, y el que enajena emite su factura, como el bien esta en el extranjero, es tu decisión traerlo a México, esa importación es un segundo acto, ahí detonas un IVA por pagar que también es acreditable.
Pero son dos actos.
Christian S.
'Por mi raza hablará el espiritú'
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cdsantoyo
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12/Abr/13 16:11
Re: IVA
Buen día,
Saludos a todos, interesante este tema no?.
Considero que la enajenación implica entrega de bien y contraprestación, el que me va a entregar esta en el extranjero y el dinero puede ser que se lo de o al extranjero o al nacional, sin embargo se tienen que dar los dos supuestos para que se considere enajenación, sino entraría al supuesto de importación.
En el otro lado (USA o país extranjero) definitivamente el esta entregando el bien y considero que entonces sería mas lógico que el repercutiera el IVA (Value Added Tax) en lugar del mexicano pero como se lo vende a alquien que ni va a consumir ni a agregar valor agregado en USA, no se lo permite la Ley por lo que le entrega a customs gringo, una factura o comprobante sin IVA. LAs leyes de IVA son muy acotadas en cuanto a la territorialidad.
ISE, S.C. consultores
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edgarconfistula
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