05/Jul/12 22:55
Re: CANCELACION DECLARACION
mi estimado(a) gcarrizalesp, los pagos referenciados para todas las personas morales se volvieron obligatorios a partir de febrero de 2012, es decir su declaracion del mes de enero de 2012 ya la debe de presentar en este servicio de declaraciones y pagos, si usted presento, ahora bien usted dice que a partir de mayo del 2011 empezo a utilizar el servicio de declaraciones y pagos y su complementaria por dictamen la presento en el esquema anterior, simplemente hay que ingresar a mi portal y hacer lo siguiente:
Paso 1. Se deberá ingresar al portal de internet del SAT www.sat.gob.mx, en el apartado “Mi portal” seleccionando la opción “Pago referenciado” autenticándose con el RFC del contribuyente y la CIECF o FIEL vigentes según corresponda.
Paso 2. Los contribuyentes personas morales que requieran presentar una declaración “Complementaria Esquema Anterior”, en la sección de “Datos Generales”
a) En el campo “Tipo de Declaración” debe seleccionar la opción “Complementaria”.
b) En el campo “Tipo de Complementaria” debe seleccionar la opción “Esquema anterior”.
c)para el llenado del formulario en la sección “Determinación del Impuesto” se capturará cero en los campos obligatorios y únicamente se utilizará el campo de “Otras Cantidades a Cargo del Contribuyente” capturando el impuesto que corresponda, el cual automáticamente se reflejará en la sección “Determinación de Pago”, además, en su caso, deberá capturar la actualización y recargos correspondientes, también se habilitan los campos “Multa por corrección”, “Fecha del pago realizado con anterioridad” y “Monto pagado con anterioridad”
Paso 3. Posteriormente se procederá al envío de la declaración a efecto de obtener el acuse de recibo, en su caso, con la línea de captura correspondiente, para realizar el pago en el portal bancario de su preferencia.
espero que la informacion proporcionada le sirva para aclarar sus dudas al respecto, SALUDOS
atentamente
CONTAFER