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04/Jul/12 20:23
INTERESES PAGADOS A RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Estimados:

Sería tan amable algún forista en orientarme respecto si se debe retener impuestos por concepto de pago de interéses a residente en el extranjero.

Caso: Soy Persona Moral 'Patito S de R.L. de C.V.', uno de los accionistas con el 19% es Patito de Londres (Inglaterra) quien me ha realizado préstamos para cubrir los gastos de operación de la empresa en México en lo que genera ingresos por prestación de servicios, sin embargo le voy a pagar Intereses por los préstamos, mi duda es si debo retener impuesto de acuerdo al art. 195 LISR y cual sería la tasa correspondiente.

De acuerdo a la Ley entiendo que debe ser la tasa del 30% (tasa máxima) existe un tratado con el Reino Unido y el artículo 11 referente a intereses me señala algunas tasas entre ellas la del 15%.

Es esta la que aplica?....

Agradeciendo de antemano el apoyo que me puedan brindar...




Editado: Julio 05, 2012 11:06:00
 
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cararel
Sargento Segundo

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06/Jul/12 21:30
Re: Interéses pagados a residenes en el extranjero

Aplica la del Tratado.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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