26/Jun/12 02:35
Re: Prima de antiguedad, grava ISN en el DF?
Segun esa ley, lo incluye como un componente gravado, que posteriormente lo tasa o grava de manera exenta.
Algo medio absurdo, porque si no es gravable, es decir, no es objeto de la ley, como podria aplicarsele la exencion.
Pero, bueno el caso, es que no se cubriria impuesto alguno. Mal diseñada la ley, pero los efectos finales de cualquier manera es practicamente.
Lo curioso es que ahora resultaria que se debiera de declarar las erogaciones exentas para incluirse un cero. Cuando no debiera de realizarse declaracion alguna puesto que no es materia u objeto de la ley este tipo de desembolsos.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?