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20/Jun/12 21:49
Modificacion asendente por dictamen...

Hola, buen día compañeros del blog.

Tengo el siguiente detalle, ojala y me puedan auxiliar un poco.

La situacion es que necesito hacer una modificacion de salario asendente por dictamen a asegurado en baja.

El trabajador tenia 70.00 del 01-05-2010 al 09-05-2010 y yo necesito presentar una m/s a 95.00 del 01-05-2010 al 09-05-2010. Por una revision interna del dictamen, y me piden que presente los movimientos a la subdelegacion y page el RCV por SUA.

Mi duda es que al presentar la M/S asendente por dictamen con la guia 406 por los dichosos 95.00, necesito por consecuencia presentar nuevamente la baja al 09-05-2010 o si esta se tiene por presentada la que ya se envio por IDSE en su momento...


Saludos cordiales y gracias por sus comentarios...
 
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licjuancrf
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20/Jun/12 22:50
Re: Modificacion asendente por dictamen...

:neutral: Buenas noches. No se preocupe. Al ser una M/S x dictamen, no necesita hacer ningun otro movimiento. Las chicas de captura de afiliación harán el movimiento sin problema.

El Lic.


.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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20/Jun/12 22:54
Re: Modificacion asendente por dictamen...

Gracias,

Sinceramente estaba preocupado...

;-)
 
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licjuancrf
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20/Jun/12 23:13
Re: Modificacion asendente por dictamen...

Si no presentas reingreso porque tendrias que presentar baja??? porque estabas preocupado?? todavia falta mucho para el vencimiento de los dictamenes imss.


Saludos
 
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juancarm
Teniente Coronel

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20/Jun/12 23:36
Re: Modificacion asendente por dictamen...

Hola licjuan

No se preocupe, el secreto está en el motivo del movimiento (Número de Guía)

Un saludo y que bueno que no deje todo al final

vcaspe
 
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vcaspe
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20/Jun/12 23:51
Re: Modificacion asendente por dictamen...

es que derivado de una secuencial del dictameen de 2010 me piden hacer unas modificaciones de salarios,

no haré reingresos, sólo modificaciones ascendentes a trabajadores que ya estan dados de baja, por eso es la pregunta, mi pregunta era por si el insituto no me quiera reconocer la baja que previamente se habia mandado por idse (simplemente mando la m/s asencente y vulevo a mandar la baja ahorita en la SAIIA jeje)... pero sòlo mandaré una m/s asendente y pagare la diferencia entre la fecha de m/s asendente y la fecha que habia dado la baja, algo asi como 9 dias.



Agradeciendo sus comentarios... Saludos...

Editado: Junio 20, 2012 23:53:03
 
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licjuancrf
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20/Jun/12 23:56
Re: Modificacion asendente por dictamen...

A ver licjuan

Ud dice:

simplemente mando la m/s asencente


¿Se refiere a mandarla por IDSE?

vcaspe
 
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vcaspe
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20/Jun/12 23:58
Re: Modificacion asendente por dictamen...

noo,

por SAIIA, me lo sellan en la subdelegacion y leerán el dispositivo magnetico con numero de guia 04(subdelegacion) y 406 (dictamen/autocorrección)...

;-)
 
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licjuancrf
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21/Jun/12 00:06
Re: Modificacion asendente por dictamen...

Perfecto

Hágalo así y no tendrá que presentar más avisos (sólo ms)

Por cierto el trabajador se quedará con ese sueldo modificado hasta el día de su baja o requiere una descendente?
 
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vcaspe
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21/Jun/12 00:09
Re: Modificacion asendente por dictamen...

negativo, este caso en especial de mi duda, se dio de baja por IDSE en su momento,

Traigo unos detalles con unos administrativos tambien pero ellos si estoy ingresando una descendente al 1ro del siguiente bimestre..

Ok Muchas gracias...

Entonces la regla aqui sería que si metes un reingreso vas a meter la baja.
Calro a menos que el trabajador este vigente aún.

Gacias vscape!
 
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licjuancrf
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