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06/Jun/12 09:09
DATOS CUENTA BANCARIA

Buen dia

De acuerdo al Art. 29-A fraccion VII inciso C del CFF a partir del 1 de Julio, se debe poner en las facturas la forma de pago y el nuemro de cuenta.

Que pasa si mi proveedor no pone esos datos, la factura es NO deducible?

y que puede pasar si en las facturas que doy a mis clientes no pongo estos dastos?

Alguno de ustedes sabe si ha sido publicado algo mas sobre este tema.
 

 
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LOVS
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06/Jun/12 10:36
Re: DATOS CUENTA BANCARIA

De momento no hay ningun cambio.

Lo que te puedo sugerir ----en caso que no tengas datos-----
anotar en la forma de pago: 'NO IDENTIFICADO'
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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06/Jun/12 13:59
Re: DATOS CUENTA BANCARIA

Buenas tardes

En cuanto a si es deducible o no, te dejo el ultimo parrafo del 29-A...

Las cantidades que estén amparadas en los comprobantes fiscales que no reúnan algún requisito de los establecidos en esta disposición o en los artículos 29 ó 29-B de este Código, según sea el caso, o cuando los datos contenidos en los mismos se plasmen en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente.

En relacion a tu pregunta relacionada con la forma de pago coincido con lo expuesto por vabdo, el fundamento es la regla I.2.7.1.12

'Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso c) del CFF, cuando no sea posible identificar la forma en que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante y, en consecuencia, no se tenga el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o tarjeta de crédito, de débito, de servicio o de los llamados monederos electrónicos que autorice el SAT, los contribuyentes podrán cumplir con dicho requisito señalando en los apartados del comprobante fiscal designados para tal efecto, la expresión ''No identificado''.'
 
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rdelacruz
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06/Jun/12 13:59
Re: DATOS CUENTA BANCARIA

Hola buenas tardes solo para señalar la regla publicada en la RMF 2012, publicada el 28 de diciembre del 2011.

Identificación de forma de pago en el CFDI
I.2.7.1.12. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso c) del CFF, cuando no sea posible identificar la forma en que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante y, en consecuencia, no se tenga el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o tarjeta de crédito, de débito, de servicio o de los llamados monederos electrónicos que autorice el SAT, los contribuyentes podrán cumplir con dicho requisito señalando en los apartados del comprobante fiscal designados para tal efecto, la expresión “NO IDENTIFICADO'.


saludos.
 
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JENYFER
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06/Jun/12 16:27
Re: DATOS CUENTA BANCARIA

aqui se trato el tema...


http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=43951&idCat=10&p=4

saludos
 
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CPhugoocejo
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07/Jun/12 08:16
Re: DATOS CUENTA BANCARIA

Gracias a todos por su tiempo y comentarios.
 

 
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LOVS
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