03/May/12 21:27
Pago referenciado (empresa recien creacion)
Buen dia a todos de antemano un saludo y agradecimiento
Me llego un nuevo cliente con una SC y se va a pagar el primer pago referenciado. En la constancia viene ISR hasta el 01-01-2013, pero al realizar el pago referenciado viene fecha de vencimiento ISR 18-04-2012
mi dilema es que si declara o no?
Segun yo no porque aun no existe dicha obligacion, pero en pago referenciado ya existe
Ojala me pudieran orientar, de antemano muchisimas gracias
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Fernando_NL
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04/May/12 09:59
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
Hola Fernando_NL
mi dilema es que si declara o no?
Efectivamente,SI tienes que enviar la declaracion, y que sale $0.00 por pagar.
Porque la obligacion de pagar, inicia el 01-01-2013
pero informar.... no cuesta nada.
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vabdo
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04/May/12 13:05
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
Buen día vabdo
Ahora, esta bien se manda, pero no se estaría mandando algo por lo que no estaríamos obligados? Y a su vez incurriendo en una falta?
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Fernando_NL
Sargento Primero
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04/May/12 14:21
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
hola
solo una observacion:
En la constancia viene ISR hasta el 01-01-2013, pero al realizar el pago referenciado viene fecha de vencimiento ISR 18-04-2012
no hay obligacion de presentarla
saludos
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GOrnelas
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04/May/12 14:27
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
Ver el último supuesto del numeral 14 LISR.
No deberán presentar declaraciones de pagos provisionales en el ejercicio de iniciación de operaciones, cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el Reglamento del Código Fiscal de la Federación ni en los casos en que no haya impuesto a cargo ni saldo a favor y no se trate de la primera declaración con esta característica.
Conclusión, no hay que declarar en el ejercicio de iniciación..........
saludos
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CPhugoocejo
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30/May/12 16:54
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
Hola, a todos, ojalá me puedan orientar,
Tengo claro que el ISR de Persona Moral, no se presenta el pago provisional por el ejercicio de inicio de operaciones (es decir, sin seleccionarse) al menos así era en el sistema anterior
La pregunta es en el caso del pago provisional de IETU tampoco se presenta por el ejercicio de inicio de operaciones?
Gracias de antemano por su tiempo y comentarios.
Alicia
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aliciapg
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31/May/12 10:10
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
Hola aliciapg
en el caso del pago provisional de IETU tampoco se presenta por el ejercicio de inicio de operaciones?
Para IETU, no aplica.
Si tienes obligacion de presentar las declaraciones provisionales.
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vabdo
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31/May/12 10:17
Re: Pago referenciado (empresa recien creacion)
Hola a todos, efectivamente, en inicio de operaciones el ISR no hay obligación de presentarla.
Pero si han observado, cuando se esta obligado al pago referenciado, cuando en una contribucion se determina a pagar 0 (cero), en la consulta de transacciones aparece como 'Declaración estadisticas ceros', yo aconsejo que se envie, pero sin coheficiente.
Saludos.
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martillo
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