12/Abr/12 18:48
COMERCIALIZACION DE VALES DE DESPENSA
Buenas tardes
Me surge una inquietud respecto a la comercializacion de vales de despensa. Una empresa va a comprar y vender vales de despensa.... es decir no va a emitirlos sino solo a comprarlos y venderlos ganandose una comision por esta actividad....
1.- Se grabaria el IVa al 16 % en el momento de la enajenacion?
2.-alguna sugerencia para que en el objeto de la sociedad se pudiera ampliar dicho giro y asi amparar esta comercializacion, ya que va a comprar vales pero no va a ser como prestacion social sino como comercializacion.
Gracias
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martinezrivera
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12/Abr/12 18:53
Re: COMERCIALIZACION DE VALES DE DESPENSA
Disculpeme no veo la razon de porque comprar y vender este tipo de documentos. si incluso en algunos de los documentos se señala que no se comercialicen
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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14/Abr/12 22:55
Re: COMERCIALIZACION DE VALES DE DESPENSA
Hola martinezrivera
Desde el momento en que esta comercializando un producto, SI grava IVA.
Caso diferente, es comecializar alimentos.
Es probable, que vengan comentarios a favor y en contra a mi comentario.
Pero trata de analizar mi comentario
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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14/Abr/12 23:41
Re: COMERCIALIZACION DE VALES DE DESPENSA
Buena noche:
Me permito transcribir Criterio Normativo del SAT, el cual por si solo se explica:
97/2011/IVA Impuesto al valor agregado. Base del impuesto por la prestación del servicio de emisión de vales.
El artículo 18, primer párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que para calcular dicho impuesto tratándose de prestación de servicios, se considerará como valor el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien recibe el servicio por otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto.
Por lo anterior, se considera que tratándose del servicio de emisión de vales la base, el valor, para los efectos del impuesto al valor agregado, deberá ser el monto de la contraprestación por el servicio de emisión de vales, conocida como comisión, sin incluir el importe o valor nominal de los vales, en la medida en que es reembolsado a los establecimientos afiliados.
En este sentido, para calcular la base del impuesto al valor agregado los prestadores del servicio de emisión de vales deberán considerar como valor el total de la contraprestación pactada por la prestación del servicio de emisión de vales conocida como comisión, excluyendo el importe o valor nominal de los vales.
Saludos
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a_cano
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15/Abr/12 16:39
Re: COMERCIALIZACION DE VALES DE DESPENSA
Hola buenas tardes:
Solo un pequeñisisimo detalle no se esta EMITIENDO vales... Se estaria COMERCIALIZANDO y dudo que existan comprobaciones idoneas por las 'compras'
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
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enrique9727
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