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02/Abr/12 12:13
DEDUCCION DE COMPRAS

BUENOS DIAS mire mi cliente es una persona moral y recibio mercancia durante el ejercicio de 2011 la cual ya vendio sin embargo por cuestiones de control en la contabilidad la empresa q le vendio a mi cliente no emitio factura de esa mercancia
entonces al percatarnos del asunto la empresa emite dicha factura pero con fecha 30 de marzo de 2012
mi duda es si MI CLIENTE se puede soportar la deducibilidad de dichas compras con esa factura, ya que en el concepto de la factura se puso que son ventas que corresponden al ejercicio 2011?
 
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rodgon
Soldado

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02/Abr/12 13:07
Re: DEDUCCION DE COMPRAS

Buen día rodgon:
...se puede soportar la deducibilidad de dichas compras con esa factura...

No, en 2011 no es deducible esa factura.



Saludos
 
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CHAVALON
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14/Abr/12 16:28
Re: DEDUCCION DE COMPRAS

Hola buenas tardes:

Ratificando la respuesta anterior, señalo:

Art 31 LISR, de donde se señalan los requisitos de deducibilidad de las comprobaciones se señala lo siguiente:

XIX. Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley.

Tratándose únicamente de la documentación comprobatoria a que se refiere el primer párrafo de la fracción III de este artículo, ésta se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Respecto de la documentación comprobatoria de las retenciones y de los pagos a que se refieren las fracciones V y VII de este artículo, respectivamente, los mismos se realicen en los plazos que al efecto establecen las disposiciones fiscales, y la documentación comprobatoria se obtenga en dicha fecha.

Tratándose de las declaraciones informativas a que se refiere el artículo 86 de esta Ley, éstas se deberán presentar en los plazos que al efecto establece dicho artículo y contar a partir de esa fecha con la documentación comprobatoria correspondiente. Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Abr/12 08:16
Re: DEDUCCION DE COMPRAS

'compras' no es deducible para una PM, solo el 'costo de venta', si no hay venta en 2011, no hay costo de venta en 2011,
 
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bandido07
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16/Abr/12 13:09
Re: DEDUCCION DE COMPRAS

Hola bandido:

Me permitire en realizar una puntualizacion importante. Gracias a tu participacion y es que no nos habiamos fijado bien a bien, lo que el compañero forista indico:


...cliente es una persona moral y recibio mercancia durante el ejercicio de 2011 la cual ya vendio


Cuando se trata de deducciones a consecuencia del COSTO DE VENTA. Si se estaria permitido contarse con comprobaciones fechadas en el mismo ejercicio o en base a ejercicios anteriores. Es decir, de tratarse el costo de venta por los inventarios iniciales, que se deducen dentro del ejercicio en que fueron enajenados. No se aplica la fraccion XIX del art 31 LISR

Que no se preocupe, el compañero si los articulos se vendieron en 2012, la factura pudiere ser con fecha de 2011 ó 2012. Ahora que si vendió en 2011, y no tiene comprobante. Si tiene problemas para su declaración 2011.

Lo mismo sucede con la deduccion de inversiones, no necesariamente debe haber comprobacion con fecha del ejercicio actual.

En mi anterior participacion, me refiero a gastos de operacion o gastos en general, segun esa fraccion XIX del 31 LISR, indica que exclusivamente deben existir comprobantes fechados en el mismo ejercicio en que han de deducirse.

Ejemplos:
1) salarios, los recibos de nominas deben estar fechados con fecha del mismo ejercicio.
2) honorarios, arredamientos, fletes, idem
3) mantenimientos, idem
4) gastos de viaje, combustibles, etc, etc. idem



Editado: Abril 16, 2012 13:16:11
 
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enrique9727
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