16/Abr/12 13:09
Re: DEDUCCION DE COMPRAS
Hola bandido:
Me permitire en realizar una puntualizacion importante. Gracias a tu participacion y es que no nos habiamos fijado bien a bien, lo que el compañero forista indico:
...cliente es una persona moral y recibio mercancia durante el ejercicio de 2011 la cual ya vendio
Cuando se trata de deducciones a consecuencia del COSTO DE VENTA. Si se estaria permitido contarse con comprobaciones fechadas en el mismo ejercicio o en base a ejercicios anteriores. Es decir, de tratarse el costo de venta por los inventarios iniciales, que se deducen dentro del ejercicio en que fueron enajenados. No se aplica la fraccion XIX del art 31 LISR
Que no se preocupe, el compañero si los articulos se vendieron en 2012, la factura pudiere ser con fecha de 2011 ó 2012. Ahora que si vendió en 2011, y no tiene comprobante. Si tiene problemas para su declaración 2011.
Lo mismo sucede con la deduccion de inversiones, no necesariamente debe haber comprobacion con fecha del ejercicio actual.
En mi anterior participacion, me refiero a gastos de operacion o gastos en general, segun esa fraccion XIX del 31 LISR, indica que exclusivamente deben existir comprobantes fechados en el mismo ejercicio en que han de deducirse.
Ejemplos:
1) salarios, los recibos de nominas deben estar fechados con fecha del mismo ejercicio.
2) honorarios, arredamientos, fletes, idem
3) mantenimientos, idem
4) gastos de viaje, combustibles, etc, etc. idem
Editado: Abril 16, 2012 13:16:11
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?