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27/Mar/12 17:38
como despedir a una persona que esta embarazada

Buen día

Qué consecuencia habrá si se necesita desocupar a una persona que tienes 6 semanas de embarazo y esté está considerado de alto riesgo, para esto el seguro social emitio una carta notificando esta situacion al empleador.

Qué se puede en esta caso, ya que no se necesitan ya sus servicios?
Qué procede...indemnización?

SALUDOS
 
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JOEGON
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27/Mar/12 23:19
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Hola buenas noches:

Resulta algo 'embarazoso' para el patron tenerla que despedirla. Encontrarian muchos pros y contras, que considero debieran de considerarse

1.- No seria posible despedirla, mientras ella tenga incapcidades.
2.- Un parto de alto riesgo es algo dificil de tratar por parte de la señorita, por mas que quiera avocarse al trabajo, su salud y la de su hijo estan en riesgo. Me parece que esto deberia sensibilizar al patron y demas compañeros.
3.- El patron no cubriria salarios mientras no labora. Si lo hace los cubre, al igual que las cuotas de seguridad social.
4.- Pudiera despedirla en un inter que ya no cuente con incapacidad, pero tambien quedaria muy mal parado el patron con el resto de sus colaboradoras.
5.- En ocasiones la trabajadora embarazada es la que prefiere salirse, para atender su situacion, si no lo hace es para cubrirse a que le den servicio en el seguro social, en cuanto logre esa estabilidad, termina retirandose.
6.- Una mujer con hijos y trabajadora siempre tiene mayor rentabilidad y desempeño que la mayoria de las jovencitas y muchachos que se van a los antros.
7.- ¿Por que no hablan con la señorita, preguntenle por su situacion, de las expectativas, tranquilicecen Ustedes y a Ella? No son momentos muy comodos para ninguna de las partes, pero con una ayuda mutua, en la medida de las posibilidades de ambos podran concluir o proseguir la relacion en buenos terminos. Hay que aprovechar los problemas y tornarlos en ventajas.

Si ya no necesitan a la colaboradora y desean despedirla deben indemnizarla, si asisten a conciliacion ella pudiera argumentar descriminacion y se les podria poner la cosa medio delicada.

Al patron le corresponde ofrecer trabajo por tiempo indeterminado si asi es el contrato por el cual se obligo, si no cumple corresponde una indemnizacion, el detalle es definir por que hasta en estos momentos se les ocurre despedirla y no antes.



Editado: Marzo 27, 2012 23:22:44
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Mar/12 00:12
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

:neutral: Buenas noches. Me llama la atención que el imss-eguro 'haya notificado' al patrón. Primera vez que escucho eso. No digo que no sea posible, pero nadie me había comentado algo similar.

El embarazo no es causal de terminación de la relacion de trabajo y nada lo impide. Simplemente hay que cuidar las formas.

Suerte,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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28/Mar/12 00:42
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Buena noche:

En relación con el tema, cabe agregar criterio del TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Registro No. 167850

Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Febrero de 2009
Página: 2035
Tesis: IV.3o.T.272 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral

RENUNCIA. SI PARA DETERMINAR SOBRE SU VEROSIMILITUD LA JUNTA NO TOMÓ EN CUENTA EL ESTADO DE EMBARAZO DE LA TRABAJADORA, INFRINGE LOS PRINCIPIOS PREVISTOS EN EL NUMERAL 841 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LA GARANTÍA DE NO DISCRIMINACIÓN CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.

El artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en lo conducente, que ésta, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Asimismo, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación interpretó dicho precepto en la tesis P. IX/2007, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, abril de 2007, página 6, de rubro: 'TRATADOS INTERNACIONALES. SON PARTE INTEGRANTE DE LA LEY SUPREMA DE LA UNIÓN Y SE UBICAN JERÁRQUICAMENTE POR ENCIMA DE LAS LEYES GENERALES, FEDERALES Y LOCALES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 133 CONSTITUCIONAL.', y determinó que los tratados internacionales se ubican por debajo de la Carta Magna y por encima de las leyes generales, federales y locales. Por otra parte, el artículo 11, punto 2, inciso a), de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979, ratificada por México el 23 de marzo de 1981, cuyo decreto promulgatorio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 1981, prohíbe el despido de una mujer por motivo de embarazo, por considerarse una forma de discriminación en su contra. A su vez, los artículos 841 y 842 de la Ley Federal del Trabajo obligan a las Juntas a que, al dictar sus laudos, resuelvan en conciencia, a verdad sabida y buena fe guardada, y en congruencia con lo alegado por las partes. En esa tesitura, si la Junta para resolver sobre la verosimilitud de la renuncia formulada por la trabajadora no tomó en cuenta que ésta se encontraba embarazada, infringe los principios previstos en el citado numeral 841, y la garantía de no discriminación prevista en el artículo 1o. de la Constitución Federal, así como la aludida convención al no considerar el estado de embarazo y la posible violación a ésta.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 799/2008. María Guadalupe Sánchez Niño y otra. 1o. de diciembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica Lucio Rosales.

Saludos
 

 
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a_cano
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28/Mar/12 01:07
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Buenas noches Enrique:

''Ora'' sí mi estimadísimo compañero, dijiste 'hartas' verdades.

Con las que estoy completamente de acuerdo.

Considero que el amor de una mamá por su pequeñito (a), estará por encima de cualquier otro interés (en contadas ocasiones, no es así).

Tal vez, sólo un poco más de tiempo y no será necesario hacerle ver a la trabajadora que no existe de parte del patrón apoyo alguno.

Lo que sí queda claro, es que cada quien debe ocuparse de sus 'problemas'. Que porsupuesto, esto no es novedad...


Saludos a todos.
 
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ngm
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28/Mar/12 16:07
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

La chica tiene amenazas de aborto y por las mismas si va al IMSS, se batalla en el otorgamiento de incapacidades. Ponen los del IMSS muchos peros. Luego el patron despide a la chica, 'sin incapacidad' pero en ocasiones salen incapacidades en especial de las que se hacen manualmente, con quizas hasta con fechas retroactivas. Ni modo que el patron sepa como defenderse de una incapacidad fechada hace dos semanas, pero elaborada el dia de hoy y ayer fue el despido. Y quien estaria en problemas ahora seria el patron. De ahi mi apreciacion, porque apenas se le ocurre despedir precisamente en estos momentos.

En el pasado tuve la experiencia con mi esposa, algo parecido. Habia tantas incongruencias con el servicio que no dude en ir directamente a la direccion a lo mas arriba a solicitar una cita con urgencia, no era el unico, siempre querian retacharme a niveles bajos, me negue rotundamente y que esperaria lo necesario. En buenos terminos, les comente las deficiencias que una institucion con ISO quien sabe que numero, no seria posible tener tales fallas. Como era posible contar con personal tan incompetente, con faltantes de ecos y equipo en buen estado, de suministros, de blocks de incapacidades, y lo peor de lo peor medicos que no aceptaban la existencia de un embarazo, no extendian la incapacidad porque los estudios eran de particulares, pero ellos no tenian los suyo, pero tampoco era posible desarrollarlos, por mil pretextos, pero la incapacidad no salia. Pero, encambio si recomendaban un legrado, en una de las ocasiones donde se sufrio un problema de aborto superlativo. Siempre recomendaban el reposo y las incapacidades las prometian de palabra, pero nada de constancia. Terminaron por atenderme con respecto a las incapacidades, me las dieron de inmediato, en la direccion y con las fechas de cerca de 20 dias de atraso que se fueron acumulando y no por gusto nuestra, cada dos dias, sino que a diario se iva a la clinica, no faltaba algun pretexto.

En el trabajo fueron hasta cierto punto benevolos, pero 1 dia mas que no lograr enviarles las incapacidades y la daban de baja.

Y al igual que a esta chica, a mi esposa la pensaban en despedir, llegaron las incapacidades y no pudieron aplicar el despido. Al regreso ya estaba arreglado el pastel para el despido. Pero bueno ese fue otro cantar y otra manera.

No comprendo a los patrones, les ponen muchas trabas a las chicas, pero estoy casi seguro que nunca falta algun varon borrachin que siempre falta al trabajo y se le perdona. En cambio con las chicas en especial las embarzadas se ensañan.

Si esto no es discriminacion, entonces no sé que podria ser.

A pero si se trata de meter al seguro, a algun familiar, amigo, no pasa nada, no hay nominas, a veces ni les cobran las cuotas, pero si estan en el IMSS. Y luego meten las incapacidades cuando ya esten en convalescencia y en la operacion. Para esto no hay que ser fijados.

Dicen que una golondrina no hace verano. Pero, ir al IMSS, le pensaria mucho por mi parte
 
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enrique9727
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28/Mar/12 17:03
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Compañero Enrique..me a conmovido usted hasta las lagrimas...lamentablemente DEBEMOS SER FRIOS....sí la persona ya no es util para le empresa debemos jalar el gatillo...pero inteligentemente...solo acatar ordenes y punto.

Veo en este asunto que lo más conveniente es la indemnización...pero quedará esta persona sin seguro social ?

saludos
 
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JOEGON
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29/Mar/12 13:00
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Precisamente porque hay que tomar decisiones frias, que no se requiere calentarlas.

El problema no es si se toma la decision de despedirla. Es el modo de cómo se realiza y el cuando se hace.

Si no se logra el mutuo acuerdo del despido, se alargarian las cosas y el costo de la empresa se incrementara, ademas de las molestias por atenderse demandas. Antes un despido en estos momentos, es muy sencillo objetar despido injustificado, pero con trazas de discrinacion.
 
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29/Mar/12 13:29
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Dando seguimiento al caso: Hoy se hablo con la persona y se llego a un acuerdo, seguira apoyando desde su casa pues debe estar en reposo, el seguro será quien cubras la incapacidades y la empresa le complemente por el trabajo que estará realizando...regresando de eso...ya veremos...ya veremos.


Gracias por sus aportaciones y buen día.
 
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JOEGON
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30/Mar/12 19:03
Re: como despedir a una persona que esta embarazada

Hola buenas tardes:

Situaciones como esta, resultarían siendo incongruentes.

No es util. Pero la mantienen en el trabajo. No se despide. A que caray.

Esta incapacitada y todavia debe continuar ayudando desde casa. Hijolé...

Debe permanecer en reposo, pero trabajara desde su casa.

Minoentenderrrr...

Pero que le vamos a ser, estamos con una cultura de hacerle como se pueda o como se dejen.
 
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enrique9727
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