Hola, voy a donar un auto el cual todavia tengo saldo por redimir.
Mi pregunta es como determino el valor de la factura que voy a expedir por la donacion del auto a una donataria autorizada.
Tengo el fundamento del art 3 RISR que me dice , que se considerara el monto del donativo el monto original de inversion actualizado.
En primer lugar podemos decir que el artículo es el 33 RISR al que tu te refieres, ahora para la factura tu tienes que darlo al valor en el que tu lo tienes al valor historico actualizado como dice el artículo y al deducirlo tienes que tener cuidado de que no sobrepase el límite del 7% que te maneja la ley.