15/Mar/12 18:39
PROPORCIONALIDAD DE IVA ACREDITABLE DE GASTOS E INVERIOSNES
Tengo una duda respecto a la proporcionalidad del Iva acreditable respecto a los gastos e inversiones de una PERSONA MORAL DEL REGIMEN SIMPLIFICADO.
De acuerdo al art. 5 primer parrafo del IVA fracc I en relacion al art. 32 Parrafo primero, fraccion II. de L I S R.
Si tengo Ingresos Gravables por 3`500,000 Tasa 0 %
+ Ingresos exentos por 1`500,000
5`000,000 total gravados y exentos
Tengo que dividir los gravados con el total de gravados y exentos ? para sacar la proporcion de los gastos y el IVA acreditable ?
Es decir 3`500,000
entre 5`000,000
Igual .70 menos 1 que es igual 1-.70 igual 30 % que es la proprcion
ACREDITABLE.
Y en cuanto a los gastos si fueron en total 2`500.000 tengo que aplicar tambien la proporcion que determine para lo relacionado al IVA ?.
Ahora bien que beneficio tienen los que tributan bajo este REGIMEN si aplica la disminucio de los 20 S M G elevados al año, si lo que van aplicar para la recuperacion de IVA tendrian que pagar mas del ISR o no ?
Gracias, espero sus coemtarios al respecto
ATTE
Gustavo Moreno
correo elec. gusmo1@hotmail.com