en cuanto al iva ya que mencionas que solo uno esta gravado, podrias acreditarlo todo en el primer pago si es que dicho monto cubre el valor del articulo gravado, si no, tendrias que buscar la forma de prorratearlo.
saludos
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
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L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
'podrias acreditarlo todo en el primer pago si es que dicho monto cubre el valor del articulo gravado,'
'si no, tendrias que buscar la forma de prorratearlo'
estos tienen sus fundamentos en ley? o es una forma de hacerlo solamente
lo que pasa es que no tenemos un control sobre lo comentado, y me interesa saber si la ley hace alguna aclaracion en este respecto.. ya que pues hay veces que se acredita el IVA en el primer pago... aveces en el segundo sin tener algo establecido