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08/Feb/12 16:38
PF REGIMEN INTERMEDIO (PgoProvicional ISR)

MUCHAS GRACIAS ngm!

Retomando...

¿es el correcto, o deberia estar en Regimen Art 146?
Estás en el correcto.

Creo que hice dos preguntas en una, y quiero entender que tu respuesta es:
PF Regimen Intermedio, es el Regimen correcto para la Actividad de: comprar terrenos en los que se construyen casas/depas (con fines habitacionales), y finalmente para su venta. Voy Bien?

El notario hizo retencion al comprador del Terreno, en este caso, al que tiene actividad empresarial; y el vendedor no tiene actividad empresarial.

Feliz Fin de Semana!
quedo en espera de tus comentario...
Cordial Saludo





Editado: Febrero 11, 2012 14:24:49
 
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HUILEN
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08/Feb/12 23:37
Re: PF REGIMEN INTERMEDIO (PgoProvicional ISR)

Hola Huilen, buenas noches:

Tus preguntas:

''¿Qué hago con el Art. 146?''

El art. 146 aplica para ENAJENACIÓN DE BIENES y tu cliente es del Régimen Intermedio.

Por tanto, se deben aplicar los artículos correspondientes al régimen fiscal en el que se tribute (Régimen intermedio, en tu caso).

'' ¿Solo se toma en cuenta para hacer los cálculos en caso de venta, o hay que combinar ambas determinaciones? ¿No se estará generando alguna duplicidad? ''
No. No debes combinar las determinaciones, sino aplicar las disposiciones aplicables al régimen fiscal en que se tributa. En tu caso, las disposiciones del Régimen Intermedio.

De hecho, las enajenaciones de inmuebles siempre deben realizarse ante Notario Público y éste te termina de ubicar, realizando lo siguiente:

1. Si el vendedor tiene una actividad empresarial; no te retiene ningún impuesto, sólo da fe pública de la operación pero te solicita que compruebes que tienes dicha actividad.
Puesto que serás tú, quien determine y entere los impuestos correspondientes por dicha enajenación.

2. Si el vendedor no tiene una actividad empresarial o el inmueble no pertenece a su actividad empresarial; entonces aplica el Capítulo IV del Título IV de la LISR relativo a Enajenación de Bienes. Obviamente, en este caso, tú ya no harías nada respecto al pago provisional.

Espero que mi comentario sea de tu utilidad.

Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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10/Feb/12 13:13
Re: PF REGIMEN INTERMEDIO (PgoProvicional ISR)

GRACIAS ngm!

Tu informacion me fue de mucha ayuda. Por no dejar... es decir que el Regimen en el que se esta el contribuyente (PF Intermedio) ¿es el correcto, o deberia estar en Regimen Art 146?

Por cierto... el notario hizo retencion al escriturar la compra del terreno en el que ahora se estan haciendo las construciones de las viviendas... y segun la informacion que me dices en el punto 1. pues no deberia ser, o ¿solamente cuando se trate de la venta de alguna vivienda?

Saludos Cordiales, y quedo en espera se tus comentarios
Gracias
 
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HUILEN
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11/Feb/12 00:48
Re: PF REGIMEN INTERMEDIO (PgoProvicional ISR)

Hola Huilen:


''... es decir que el Regimen en el que se esta el contribuyente (PF Intermedio) ¿es el correcto, o deberia estar en Regimen Art 146? ''

Estás en el correcto.

El Art. 146 le aplica a inmuebles no afectos a una actividad empresarial.

Por cierto... el notario hizo retencion al escriturar la compra del terreno en el que ahora se estan haciendo las construciones de las viviendas... y segun la informacion que me dices en el punto 1. pues no deberia ser, o ¿solamente cuando se trate de la venta de alguna vivienda?

Así es, sólo debe ser en la enajenación.

Al adquirirlo, pues depende...

mmm ¿A quién le hizo retención el notario? ¿al comprador o al vendedor?


Saludos y que tengas buenas noches.


Saludos Cordiales, y quedo en espera se tus comentarios
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ngm
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