02/Feb/12 19:26
Re: indemnizacion
Buenas noches:
¿Conoce el tema y los conceptos por los que estuviere discutiendo?
¿Ustedes, DESPIDIERON al trabajador finado? ¿Como fue posible? Si ni llego a la empresa.
Una INDEMNIZACION se da por daño de algo o porque en un seguro hubo un evento por el cual se aseguro y le indemnizaría por las consecuencias funestas de ese evento en desgracia.
En las relaciones laborales no existe indemnizaciones por trayecto al trabajo, que deban ser cubiertas por el patron. A menos que ya sea parte por trabajar o sea a consecuencia del trabajo. Pero en dado caso, el IMSS debe hacerse cargo por las prestaciones economicas sociales y patron indemnizar mediante finiquito laboral por dicha termacion laboral correspondiente.
Su caso tal como lo cuenta, es una simple terminacion laboral Art 53 Fraccion II, al momento de fallecer el trabajador.
Esto equivale a que colaborador renuncio al trabajo (involuntariamente pero lo hizo). Por ende, libera al patron de proseguir con la relacion laboral, pues el contrato era ofrecerle trabajo hasta la muerte de cualquiera de las dos partes. Desgraciadamente ya fallecio y entonces el patron cumplio, conforme a derecho. No debe indemnizarlo, por esta razon.
Sin embargo, si hubo salarios pendientes y las proporcionales de ley, deben ser otorgados a los familiares BENEFICIARIOS.
Para esto el patron debe invitarlos a pasar a la JCA y que formulen un procedimiento sucesorio en estas oficinas, donde deberan acreditar sus personalidades, y asi este despacho emita una orden que habra de indicar como habra de ser cubiertos los salarios pendientes, gratificaciones, cuotas, premios, vacaciones, primas, etc pendientes por cubrirles y a que personas y en que porcentajes.
Este procedimiento es para prevenir a que se le cubra a las personas apropiadas y no a la supuesta esposa, querida, amante, chacha y no se mas pudiera haber convivido el finado.
Por la cuestion de pensiones, deben ir los familiares a ver si se cumple con los requisitos para una pension, asi como rescatar el fondo del infonavit o sus afores en su caso.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?