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17/Ene/12 22:00
RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Hola a todos, espero se encuentren en excelente estado de salud, les escribo para solicitar su ayuda, resulta que unas personas fisicas van a vender un inmueble, local comercial, el notario les comento que les va a retener el ISR, por lo cual les sugirio se den de alta en el SAT, la pregunta es la siguiente, en que regimen los tengo que dar de alta, y que tan ' costeable' es hacerlo, no hay alguna otra manera de evitar la retenciòn? Si los doy de alta como constructores, el pago del IMSS les va a salir caro, ademas de que no son constructores, entonces, que me recomiendan? De darlos de alta, en que regimen seria el mejor?
De antemano gracias por su ayuda.
 
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salvadorvp
Sargento Segundo

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18/Ene/12 10:09
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

que me recomiendan? De darlos de alta, en que regimen seria el mejor?


Por lo que comentas, enajenar inmuebles, no es su actividad.

Por lo que te recomiendo dejarlo como una actividad eventual.

Y que el Notario te efectue la retencion de ISR y del IVA.
Posteriormente lo declaras en la anual,
 
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vabdo
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18/Ene/12 10:55
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Hola Salvador, buen día:

La opción que te comenta Vabdo, desde mi particular punto de vista, también lo considero conveniente, puesto que nadie tiene que darse de alta ante el SAT.

**Para IETU es una acto accidental, por lo tanto, no se causa (como bien lo omitió Vabdo)

Ahora, preguntas:


'...no hay alguna otra manera de evitar la retenciòn? ''

De acuerdo a la recomendación sugerida, No.
Si el notario, ya te hizo los cálculos aplicando las deducciones que correspondan y resulta ISR a retener, ...'tons' por ese lado, no hay forma de evitar la retención.

También preguntas:

''Si los doy de alta como constructores, el pago del IMSS les va a salir caro, ademas de que no son constructores, entonces, que me recomiendan? De darlos de alta, en que regimen seria el mejor?''

mmm...Si no son ni serán constructores (no será esa su actividad), te conviene considerar la recomendación que te señala Vabdo, puesto que evitas el IETU, obvio aparte de el alta ante el SAT, entre otros detalles.

mmm...¿El IMSS?, ese de una u otra forma, se supone lo debiste pagar.
Y si ya está terminado el inmueble, en su caso, eso ya se pagó, ¿o no?

Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.


Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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18/Ene/12 10:57
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Hola buen dia, comentas q no estan dados de alta, y mi pregunta seria ¿ Y el local comercial q pretenden vender ellos lo contruyeron?, nunca obtuvieron ingresos por rentas?
a lo mejor podrias darlos de alta en arrendamiento si pretenden comprar otros inmuebles y darlos en renta. No se es una idea, espero te sirva.


Salu2
 
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grupoimper
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18/Ene/12 11:09
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Fund. IETU, para no causarlo:

''Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:
...

VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley. Para estos efectos, se considera que las actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos gravados en los términos de los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única.''

Se evita dicho impuesto, siempre y cuando se cumpla con lo anterior.

Saludos nuevamente.
 
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ngm
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18/Ene/12 15:22
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Hola nuevamente Salvador:

Pregunta:
¿Las personas físicas que mencionas, no están ya inscritas al RFC?
Por ejemplo: Por obtención de ingresos por salarios, honorarios, Repecos, etc, etc.

Y...

Corrección a mi participación anterior:

En sí, lo que no se requiere hacer ante el SAT, más que no darse de alta; es realizar una actualización de obligaciones (en este caso para aumentarlas).


RFC sí deben tener las personas físicas que enajenarán el bien; puesto que si son copropietarios del bien, el notario les efectuará retención de manera proporcional y debe informarlo al SAT, señalando para tal efecto: Nombre y RFC de cada uno, según corresponda.


Saludos nuevamente.
 
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ngm
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18/Ene/12 16:22
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Buena tarde:

Otro punto a considerar (como se ha comentado en otras ocasiones), no se podrá darle efectos fiscales a las inversiones realizadas, en virtud de que es necesario que sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente y que hayan sido erogadas a partir de la fecha en que tribute en la opción elegida, y no haber sido adquiridas con anterioridad de tributar en dicha opción.

Saludos




Editado: Enero 18, 2012 16:23:12
 

 
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a_cano
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18/Ene/12 17:12
Re: RETENCION DE ISR POR VENTA DE LOCAL COMERCIAL

Gracias a todos por sus amables respuestas, ya me queda claro lo que mas les conviene a ellos, les hare la recomendación basado en sus sugerencias, les repito mi agradecimiento.
 
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salvadorvp
Sargento Segundo

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