Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
16/Ene/12 12:54
Pagos a macheteros por resolución de Conciliación y Arbitraje (deducibles)?

Buen día

En la empresa se hacen pagos a macheteros por servicios de carga de producto, estos pagos no se hacen deducibles, sin embargo varios de elos nos demandaron alegando que había relación laboral, Conciliación y Arbitraje resolvió que se les tenía que indemnizar, estos pagos los puedo hacer deducibles?, me gustaría conocer su opinión.

Saludos
 
Perfil

GOMEZHM
Sargento Segundo

Mensajes: 79
Ingresó: Junio 08, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Ene/12 13:13
Re: Pagos a macheteros por resolución de Conciliación y Arbitraje (deducibles)?

Hola GOMEZ

Su duda:

estos pagos los puedo hacer deducibles?

Si, siempre y cuando haya cubierto lo correspondiente a la carga de Seguridad Social (haber pagado las cuotas), de lo contrario NO

Le sugiero una lectura de las deducciones permitidas y sus requisitos conforme a LISR

Aparte le hago una recomendación:

Deseo que con el pago que hicieron por laudo judicial concluya el caso; en la práctica he encontrado que la propia junta emite un comunicado al IMSS para el cobro de las cuotas correspondientes. De no hacerlo el propio trabajador lo puede solicitar (Art 18 LSS)

Aún así, cualquier pago siempre será mejor a una macheteada no cree?

Si desea alguna información adicional estoy a sus órdenes

vcaspe

No a la reforma del 24 Constitucional
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
Perfil

vcaspe
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Marzo 30, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Ene/12 13:33
Re: Pagos a macheteros por resolución de Conciliación y Arbitraje (deducibles)?

El problema es que deben contar con documentacion origen que soporte la relacion de trabajo
contrato, recibos de nominas y demas documentaciones relativas por las cuales se llevaria en curso una relacion de trabajo. No tan solo el finiquito laboral.

Digamos que ese finiquito hasta cierto punto tambien seria cuestionable. Como demuestra que fue estrictamente indispensable tener que pagar ese tipo de erogaciones y que no fue solo por castigo.

Acuerdese que las multas o penas convencionales NO PROCEDE SU DEDUCIBLIDAD.

Luego, de obtener esta documentacion comprobatoria, todavia tendria que cumplir con requisitos de deducibilidad en personas morales el art 31 LISR, los que le sean aplicables, el compañero vcaspe ya le sugirio uno de ellos, faltarian otros por analizarse y que habria que cumplirse.





Editado: Enero 16, 2012 13:35:25
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Ene/12 19:42
Re: Pagos a macheteros por resolución de Conciliación y Arbitraje (deducibles)?

El problema es que son indeminizaciones de trabajadores que nunca fueron trabajadores, por lo tanto no podria deducirlo como gastos por servicio personal subordinado ni como penas convencionales. Por lo tanto surtira los mismos efectos que el principal osea No Deducibles.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ene/12 22:52
Re: Pagos a macheteros por resolución de Conciliación y Arbitraje (deducibles)?

Hola GOMEZ como está?

No le veo otra vez en su tópico

¿Le ha quedado claro lo que corresponde hacer?

Un saludo

vcaspe

No a la reforma del artículo 24 Constitucional
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
Perfil

vcaspe
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Marzo 30, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1