27/Dic/11 13:20
Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
Buenas tardes:
Disculpen, pero si tengo facturas de impresor autorizado y mis ingresos son menores a 4000,000, y estas me caducan en diciembre de 2012, les tengo que agregar algo,
porque hacen referencia a una codigo de seguridad, pero yo entiendo que son para los que solicitan nuevos folios, como si ya hubieran terminado sus folios de impresor autorizado,
porque si tuviera que agregar el sello yo a mi factura tendria que solicitar nuevos folios a los que ya tengo, o estoy confundiendo las cosas.
O solo como comentaron en topicos anteriores solo le adjunto una leyenda que diga
'Comprobante fiscal vigente conforme a la fracción II del artículo Décimo Transitorio del CFF publicado en el DOF el 07 de Diciembre de 2009'
y no necesito agregar nada mas
Ojala puedan quitarme esta duda,
gracias
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maricarmen
Sargento Segundo
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27/Dic/11 13:35
Re: Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
No te confundas, a los pre-impresos a mas tardar 31/12/2010 no les aplica lo del sello del CBB. Eso es para comprobantes impresos con CBB.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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27/Dic/11 13:50
Re: Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
Muchas gracias,
es que a pesar de que ya tenemos rato con esto de repente surgen dudas, de si me falta algo que agregar como comentan,
pero gracias Cheque muy amable
que tengan un excelente fin de año
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maricarmen
Sargento Segundo
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27/Dic/11 15:24
Re: Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
Hola Maricarmen.
A las facturas impresas por impresor autorizado, no debes hacerles nada.
Debes o puedes Seguirñas utilizando tal cual las tienes, hasta que se terminen o caduque su vigencia, lo que suceda primero.
Fund.
El que mencionas que va en la Leyenda.
Saludos y buena suerte.
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ngm
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06/Ene/12 10:17
Re: Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
Buen día.
Aqui realizando una aclaración:
El fundamento para continuar con las facturas de impresor autorizado, aparte del señalado en mi comentario anterior, es el siguiente:
RMF 2012
Transitorios
Décimo Noveno. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción II de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que a la entrada en vigor de la presente Resolución, cuenten con comprobantes fiscales impresos por establecimientos autorizados, podrán aplicar lo dispuesto en la regla I.2.8.1.11. de la RMF para 2011, hasta el 31 de diciembre de 2012 o bien, hasta que concluya la vigencia de dichos comprobantes, lo que suceda primero.
Espero que a alguien le sirva la corrección.
Saludos.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
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ngm
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06/Ene/12 11:08
Re: Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
Buen día:
El fundamento para continuar con las facturas de impresor autorizado, es el siguiente:
ARTÍCULO DÉCIMO DE LAS DISPOSICIÓNES TRANSITORIAS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 07 DE DICIEMBRE 2009.
ARTÍCULO DÉCIMO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Noveno de este Decreto, se estará a lo siguiente:
[…]
II. Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, por lo que éstos podrán ser utilizados por el adquirente de los bienes o servicios que amparen, en la deducción o acreditamiento, a que tengan derecho conforme a las disposiciones fiscales. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del propio Código.
Considero que la prórroga a que hace referencia el artículo Décimo Noveno, de la RMF para 2012, esta relacionado con la siguiente Regla:
Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos
I.2.8.1.11. Para los efectos del artículo 29-A, fracción I del CFF, las personas morales que cambien de denominación, razón social o régimen de capital y las físicas que corrijan o cambien su nombre, podrán seguir utilizando los comprobantes fiscales que hayan impreso en términos de la regla II.2.6.1.1., hasta agotarlos o pierdan su vigencia, siempre que hayan presentado los avisos correspondientes al RFC y cuando los referidos cambios no impliquen el cambio de clave en el RFC en términos de la regla I.2.5.7.
CFF 29-A, RMF 2011 I.2.5.7., II.2.6.1.1.
Saludos
Editado: Enero 06, 2012 11:09:46
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a_cano
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06/Ene/12 15:36
Re: Sobre la factura de impresor autorizado ahora en 2012
Buenas tardes a_cano:
Es correcto.
Gracias por la precisión.
Saludos y que tengas una buena tarde.
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ngm
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