13/Dic/11 15:13
Re: FACTURAS NO RECIBIDAS
Hola Jlchan, buenas tardes.
Si se hicieron los pagos con transferencia, y se manifestó el RFC del tu proveedor, puedes aplicar lo siguiente:
RMF 2011
Regla:
I.2.8.3.4 Estado de cuenta como comprobante fiscal
...
''No obstante los contribuyentes podrán comprobar las erogaciones por las adquisiciones de bienes, por el uso o goce temporal de bienes o la prestación de servicios, con los estados de cuenta originales en los que conste el pago realizado por los medios que señala el artículo 29-C, primer párrafo del CFF sin que se cuente con el documento señalado en la fracción II del mencionado artículo, siempre que se cumpla con lo siguiente:
I. Que se trate únicamente de erogaciones por actos o actividades gravados a la tasa del 11% ó 16%, previstas en los artículos 1 y 2 de la Ley del IVA, según corresponda.
II. Que el estado de cuenta original contenga la clave del RFC de quien enajena los bienes, otorga el uso o goce temporal de los bienes o presta el servicio.III. Que registren en su contabilidad, de conformidad con el Reglamento del CFF, las operaciones a que se refiere esta regla que ampare el estado de cuenta.
IV. Que vinculen las operaciones registradas en el estado de cuenta directamente con los gastos, las erogaciones por la adquisición de los bienes, por el uso o goce de bienes o por la prestación de servicios, y con las operaciones registradas en su contabilidad, en los términos del artículo 29 del Reglamento del CFF.
V. Que conserven el original del estado de cuenta durante el plazo que establece el artículo 30 del CFF.
VI.
Que cada transacción no rebase el monto de $100,000.00, sin incluir el importe del IVA.
Cuando en el estado de cuenta que se emita a los contribuyentes no se señale el importe del IVA trasladado, dicho impuesto se determinará dividiendo el monto de cada operación establecido en el estado de cuenta respecto de las erogaciones efectuadas, entre 1.11 ó 1.16, según se trate de erogaciones afectas a la tasa del 11% ó 16% respectivamente. Si de la operación anterior resultan fracciones de la unidad monetaria, la cantidad se ajustará a la unidad más próxima, tratándose de cantidades terminadas en cincuenta centavos, el ajuste se hará a la unidad inmediata inferior, el resultado obtenido se restará al monto total de la operación y la diferencia será el IVA trasladado.
CFF 29-A, 29-C, 30, IVA 1, 2, RCFF 29, 45, 51''
En resumen lo anterior dispone lo siguiente:
1. Que en el estado de cuenta aparezca el RFC del proveedor al que le hiciste los pagos(obvio).
2. Que cada pago no rebase los $100,000.00
3. Que lo registres según el resto de las fracciones en contabilidad, cumpliendo con lo que en ellas se dispone.
Te sugiero leer con calma esta disposición, me parece que es una buena opción, para el caso que planteas.
Saludos y buena suerte.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo