08/Dic/11 00:55
Refacturacion personas fisicas
Estimados les consulto lo siguiente, lei algunos topicos al respecto pero me queda duda, los pasivos al cierre con personas fisicas en 2011, me los pagaran en 2012, momento en que los haria deducibles, sin embargo hay problema si traen fecha de 2011? deben refacturar?
Gracias saludos
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TAXISTA
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08/Dic/11 08:02
Re: Refacturacion personas fisicas
pago PF VS PF?
SALU2
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LC.GONZALEZ
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08/Dic/11 09:58
Re: Refacturacion personas fisicas
Hola buen dia la persona moral recibe servicio de la persona fisica.
Saludos gracias
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TAXISTA
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08/Dic/11 10:11
Re: Refacturacion personas fisicas
RLISR
Artículo 69-E. Para los efectos de la fracción IX del artículo 31, en relación con los artículos 45-B y 45-C de la Ley, los contribuyentes que adquieran mercancías o reciban servicios de personas físicas o de los contribuyentes a que se refiere el Capítulo VII del Título II de la misma Ley, podrán deducir en el ejercicio fiscal de que se trate, el costo de lo vendido de dichas adquisiciones o servicios en los términos de este artículo, aún cuando éstas no hayan sido efectivamente pagadas, conforme a lo dispuesto en los siguientes párrafos y siempre que cumplan los demás requisitos establecidos en las disposiciones fiscales.
Para efectuar la deducción a que se refiere el párrafo anterior, los contribuyentes llevarán un registro inicial de compras y servicios por pagar, que se adicionará con el monto de las adquisiciones de las mercancías y servicios recibidos, efectuados en el ejercicio fiscal de que se trate pendientes de pagar y se disminuirá con el monto de las adquisiciones y servicios efectivamente pagados durante dicho ejercicio. El saldo que se obtenga de este registro al cierre del ejercicio de que se trate, se considerará como registro inicial del ejercicio inmediato posterior.
El saldo inicial de la cuenta, a que se refiere este artículo, se considerará dentro del costo de lo vendido del ejercicio fiscal de que se trate y el saldo que se tenga al cierre del mismo ejercicio en este registro, se disminuirá del costo de lo vendido del citado ejercicio.
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LC.GONZALEZ
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08/Dic/11 10:14
Re: Refacturacion personas fisicas
ejemplo:
REGISTRO DE CUENTAS POR PAGAR DE ADQUISICIONES DE PF Y PM SIMPLIFICADO
ART. 69-E RLISR
CONCEPTO TOTAL
SALDO FINAL DEL REGISTRO DEL AÑO 2007 (INICIAL 2008)
MAS:
TOTAL DE ADQUISICIONES A PERSONAS FISICAS EN 2008 A CREDITO
MENOS:
ADQUISICIONES Y SERVICIOS EFECTIVAMENTE PAGADOS EN 2008
SALDO FINAL DEL REGISTRO 2008 (INICIAL 2009) $ -
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LC.GONZALEZ
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08/Dic/11 10:14
Re: Refacturacion personas fisicas
lo vez complicado?
entonces refactura
salu2
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LC.GONZALEZ
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08/Dic/11 10:26
Re: Refacturacion personas fisicas
Buen día Taxista.
LISR
''Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
...
IX. Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.''
RLISR
Artículo 39. Para los efectos del artículo 31, fracción IX, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.
Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
Lo anterior, significa que si cambia de año y lo pagas con cheque, también será deducible siempre y cuando la fecha de la factura y la fecha de cobro del cheque no se mayor a 4 meses.
Espero que mi comentario sea de tu utilidad.
Saludos y buena suerte.
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ngm
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08/Dic/11 13:06
Re: Refacturacion personas fisicas
hola ngm
Artículo 39. Para los efectos del artículo 31, fracción IX, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque,siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio
es PM, ¿ haria deducible el pago de comprobante de PF 2011 en el 2012 ?
hablando solo de ISR
Editado: Diciembre 08, 2011 13:16:41
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LC.GONZALEZ
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08/Dic/11 15:45
Re: Refacturacion personas fisicas
Hola LcGonzález, buenas tardes.
El iniciador del tópico, creo que debe aclarar a qué tipo de pasivos se refiere.
Con base en su respuesta, pues podrémos opinar más en concreto.
Mientras, aclaro lo siguiente:
El Art. 31 LISR fracción IX, segundo párrafo dispone:
''Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
...
Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.''
El 39 RLISR, en resumen aclara lo siguiente:
1. No importa si entre la fecha de la documentación comprobatoria y la fecha de cobro del cheque, pasan más de 4 meses, siempre y cuando, ambas fechas correspondan al mismo ejercicio (1er párrafo)
2. Si cambia de año, la deducción obviamente será en el año siguiente, y sí existe la limitante de los 4 meses, es decir, la fecha de la documentación comprobatoria (p/e factura) y la fecha de cobro del cheque no debe ser mayor a 4 meses.(segundo párrafo)
Lo anterior, para que la erogación sea deducible.
Saludos y que tengas una buena tarde.
Editado: Diciembre 08, 2011 15:48:02
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ngm
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08/Dic/11 17:48
Re: Refacturacion personas fisicas
Solo un comentario....... Por regla general se debe ver primeramente la ley, posteriormente el reglamento en cuestión, el autor comenta que la PM recibe el servicio de una PF ya que e l autor del tema pregunta cuando lo puede hacer deducible y si procede o no.
Considero NO refacturar siempre y cuando se cumplan los requisitos que menciona nuestra estimada ngm.
Por otra parte, no hay más por agregar, la respuesta bien sustentada fué realizada por mi estimada ngm.
saludos
Editado: Diciembre 08, 2011 17:50:15
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CPhugoocejo
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