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07/Dic/11 11:57
Ganancia o perdida TC (IETU)

Buen dia colegas.

Le he dado muchas vueltas a la ley del IETU y me sigue quedando la duda.

Se acumula y se deduce la ganancia o perdida en tipo de cambio en opearaciones con clientes y proveedores, para efectos del IETU ?

O al momento de pago o cobro se toma como base el monto de la operacion historica como ingreso o deduccion.

Saludos
 
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ricardoso18
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07/Dic/11 13:26
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

Ricardos018:

'....Se acumula y se deduce la ganancia o perdida en tipo de cambio en opearaciones con clientes y proveedores, para efectos del IETU ?


En mi opinón, para efecto de IETU, No se acumula la ganancia en TC ni se deduce la pérdida en TC....

El Art. 1 de la misma, además de indicarle quiénes son los sujetos obligados a pagar dicho impuesto, también le reconoce cuáles son los actos o actividades objeto de la LIETU. Por lo que, de acuerdo a la lectura de dicho numeral, para efecto de la 'ganancia cambiaria', no es objeto de dicho impuesto, en virtud de que no se reconoce como tal en dicha disposición:

ART. 1 LIETU:
'Están obligados al pago del Impuesto Empresarial a la Tasa única....por los ingresos que obtengan...por la realización de las siguientes actividades:

I.- Enajenación de bienes
II.- Prestación de servicios independientes
III.- Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.......'

Por otra parte, el Art. 3 de la misma disposición en su Fracción IV, le establece que el momento y la determinación de los ingresos para efecto de IETU, será IGUAL conforme se determine para la LlVA:


CUANDO SE CONSIDERAN OBTENIDOS LOS INGRESOS:

IV: 'Que los ingresos se obtienen cuando se cobren efectívamente las contraprestaciones correspondientes a las actividades previstas en el Art. 1 de esta Ley, de conformidad con las reglas que para tal efecto se establecen en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.'


Sin ahondar mucho en cuanto a la disposición del IVA, sabemos que, de acuerdo al Art. 1 y 1-B de la LIVA, este impuesto se paga en base a flujo de efectivo, y que se reconoce el momento del ingreso para efecto del pago de impuesto, desde el momento en que fué cobrada la contraprestación y sobre el monto de lo efectívamente pagado...Por lo que en ningún momento, para este impuesto (IVA) reconoce la fluctuación cambiaria gravable. Es decir: Si la Ley establece que para efecto de IVA, éste se causa hasta el momento en que se cobre la contraprestación, se deduce entonces que ANTES de esta operación, dicho impuesto NO se ha causado, como TAMPOCO se ha llevado algún acto o actividad gravado por el mismo. Por lo que se concluye que para efecto de IVA, no se ha realizado absolutamente NADA....(Esto con independencia de que sí se prestó el servicio, se entregó el bien o se haya otorgado el uso o goce temporal de bienes...)

Concluyendo entonces para efecto de IETU: Si la misma disposición de la LIETU nos define el momento en que se obtienen los ingresos y de igual manera nos remite a la LIVA, se concluye entonces que las mismas reglas que se siguen para IVA, serán las mismas para IETU.

Conclusión final:

O al momento de pago o cobro se toma como base el monto de la operacion historica como ingreso o deduccion



Así es, dado que, como le comentaba, la fluctuación cambiaria gravable (Ganancia o pérdida) no juegan para IETU, en virtud de que el impuesto se causa hasta el momento en que se cobre la contraprestación...ANTES del cobro de la misma, para efectos de esta Ley, ni el ingreso ni la actividad se estaban considerando como 'gravables' para efecto de la misma...Se consideró como tal, desde el momento en que fué efectívamente cobrada la contraprestación.





Salu2!!!
 
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memoli
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07/Dic/11 13:37
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

Ricardos:

O al momento de pago o cobro se toma como base el monto de la operacion historica como ingreso o deduccion.


Perdón, hago una precisión:

No es sobre el valor histórico...Es sobre el valor ACTUAL, del momento en que fué pagado o cobrado...
Salu2!!!


Mil disculpas por tanta editadera.

Editado: Diciembre 07, 2011 13:37:59

Editado: Diciembre 07, 2011 13:41:40
 
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memoli
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07/Dic/11 13:56
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

Hola, Ricardo...Regresando de nuevo...

No comenta si su giro se dedica a la compra venta de divisas... Por si o por no...Le dejo esta otra disposición:

ART. 4 LIETU: QUE INGRESOS NO PAGARAN ESTE IMPUESTO:

'No se pagará el Impuesto Empresarial a Tasa única por los siguientes ingresos:

I.- (....)
(....)

VI.- Los derivados de las ENAJENACIONES siguientes:

(...)
(b) De moneda nacional y moneda extranjera, EXCEPTO cuando la enajenación la realicen personas que EXCLUSIVAMENTE se dediquen a la compraventa de divisas.

Salu2!!!
 
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memoli
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07/Dic/11 13:57
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

Hola, Ricardo...Regresando de nuevo...

No comenta si su giro se dedica a la compra venta de divisas... Por si o por no...Le dejo esta otra disposición:

ART. 4 LIETU: QUE INGRESOS NO PAGARAN ESTE IMPUESTO:

'No se pagará el Impuesto Empresarial a Tasa única por los siguientes ingresos:

I.- (....)
(....)

VI.- Los derivados de las ENAJENACIONES siguientes:

(...)
(b) De moneda nacional y moneda extranjera, EXCEPTO cuando la enajenación la realicen personas que EXCLUSIVAMENTE se dediquen a la compraventa de divisas.

Salu2!!!
 
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memoli
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07/Dic/11 22:48
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

Hola Ricardo, buenas noches.


Así es.

Efectivamente, para ambos impuestos, IVA e IETU(aunque sólo preguntas por el IETU), la causación se da hasta que efectivamente se cobren o paguen las contraprestaciones, según sea el caso.

Lo anterior, en el entendido, de que se causarán ambos impuestos sobre el importe de lo efectivamente cobrado o pagado, según sea el caso.

La fundamentación, ya fue proporcionada por Memoli.


Saludos a ambos.

Mi estimada Memoli, que bien que andes por aquí.
Que descanses y que tengas un excelente día mañana.



Editado: Diciembre 07, 2011 22:57:58
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
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ngm
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08/Dic/11 00:23
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

ngm:

'...Mi estimada Memoli, que bien que andes por aquí.
Que descanses y que tengas un excelente día mañana.


Hola, ngm...Buena noche...
Gracias por tus palabras...Igual, que tengas un excelente día tomorrow.

Salu2!!!
 
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memoli
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08/Dic/11 08:22
Re: Ganancia o perdida TC (IETU)

Gracias a todos por sus valiosos y oportunos comentarios.

Gracias
 
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ricardoso18
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