18/Nov/11 11:05
Hola, buen día a todos en el foro.
El salario diario se determinará, dividiendo el importe total de los ingresos variables obtenidos
en el bimestre anterior entre el número de días de salario devengado y sumando su resultado
a los elementos fijos del salario diario. (Art. 34 Fracc. III segundo párrafo)
En mi opinión los días de salario devengado deben de corresponder a días de salario efectivamente devengado.
Mi pregunta es ¿Los días de vacaciones de mis empleados no se considera días de salario devengados para efectos de la integración de la parte variable?
Por mencionar un ejemplo:
trabajador: Juan Perez
SD: 100.00
Despensa diaria: 45.96
Sueldos de ENERO y FEBRERO de 2010, cual es su SDI para marzo y abril dado que sallio 8 dias de vacaciones en la segunda quincena de febrero, y en ese tiempo no recibio los vales de despensa por 'no haber laborado' por ser sus vacaciones.
100*1.0466=104.66 Parte fija
45.96*53=2,435.88 despensa recibida
Parte exenta de despensa= 57.46*.40*53=1,217.94
Parte gravada de despensa=2,435.88-1,217.94=1,217.94
Parte variable del bim anterior/Dias devengados
1,217.94/53= 22.98 Parte variable gravada
SDI para el segundo bim del 2010 = 104.66+22.98=127.64
¿Es mi apreciacion correcta?